ARANCIBIA JORGE OMAR S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se declara heredero universal en sucesión ab intestato a Gian Franco Arancibia y Pettinato, nieto del causante Jorge Omar Arancibia, quien lo representa por premuerte de su padre Daniel Eduardo Arancibia. El Tribunal hace lugar a la solicitud conforme a las normas del Código Civil y Comercial.
Quién demanda: D. H. (patrocinante que solicita la declaración de heredero)
¿A quién se demanda?
No corresponde (se trata de un trámite de sucesión ab intestato)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaración de heredero universal en la sucesión ab intestato de Jorge Omar Arancibia, fallecido el 24 de noviembre de 2025
¿Qué se resolvió?
El Tribunal declara que "por fallecimiento de JORGE OMAR ARANCIBIA le sucede en carácter de universal heredero su nieto: Gian Franco ARANCIBIA y PETTINATO (en representación de Daniel Eduardo Arancibia -su padre premuerto con relación al causante)." Fundamentos principales: El Tribunal acreditó mediante documentación adjunta los siguientes hechos: (1) el fallecimiento de Jorge Omar Arancibia ocurrido el 24 de noviembre de 2025; (2) que al momento de su fallecimiento se encontraba divorciado de Norma Goette, matrimonio celebrado el 10 de abril de 1968 con divorcio del artículo 67bis del Código Civil retroactivo al 24 de junio de 1983; (3) que de esa unión nació Daniel Eduardo Arancibia el 3 de octubre de 1968, quien a su vez falleció el 19 de enero de 2015; (4) que de la unión de Daniel Eduardo con Mariana Araceli Pettinato nació Gian Franco el 2 de abril de 1995; (5) la publicación de edictos del 27 de abril de 2026 conforme a lo prescrito por el artículo 2340 del Código Civil y Comercial, "sobre cuyo resultado negativo informa la Actuaria en este acto." Sobre esta base fáctica, y "de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 7, 2337, 2424, 2427, 2426, 2429 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación y 735 y 737 del CPCC," el Tribunal declara la sucesión conforme a las normas de derecho sucesorio que establecen la representación por premuerte del padre del heredero.
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