Legajo Nº 2 - IMPUTADO: BOTTASSO, GUSTAVO ROLANDO s/LEGAJO DE EJECUCION PENAL
El defensor solicitó la incorporación de Gustavo Rolando Botasso al régimen de libertad asistida por cumplimiento del requisito temporal. La Cámara rechazó la petición por informes técnico-criminológicos desfavorables, la opinión de la víctima y la insuficiencia del entorno de acompañamiento y del proceso de responsabilización del condenado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: El defensor oficial Dr. Andrés R. Pennisi, en representación de Gustavo Rolando Botasso.
Demandado: Tribunal Federal de Juicio N°3 de Rosario/Autoridades penitenciarias (solicitud de incorporación al régimen de libertad asistida).
Objeto: Solicitud de incorporación al régimen de Libertad Asistida (art. 54 Ley 24.660).
Decisión: Se rechazó la solicitud de incorporación de Gustavo Rolando Bottasso al régimen de libertad asistida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"En tal sentido, el representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que los informes confeccionados por el organismo técnico-criminológico del centro de detención eran desfavorables y, con base en las conclusiones allí volcadas, el condenado no cumplía con la totalidad de los requisitos previstos en el artículo 54 de la ley 24.660."
"Del área educativa se desprende que el interno, desde su ingreso al contexto de encierro, recién en el año 2025 fue incorporado al Taller de Salud Mental y Adicciones, del cual posteriormente fue dado de baja debido a sus inasistencias... se advierte que el interno ha mantenido una calificación de concepto regular, acompañada de una calificación de conducta ejemplar."
"Del informe del área psicológica surge que el nombrado debe continuar trabajando en la construcción de un proceso de implicancia y responsabilización subjetiva. En ese sentido, se señaló que 'no se releva mayor análisis, elaboración e internalización respecto del acto transgresivo y de los factores asociados al mismo'."
"En cuanto a lo informado por el área social, se concluyó que el entorno familiar evaluado no reúne las condiciones necesarias para que la referente propuesta pueda constituirse como una persona idónea para el acompañamiento ante un eventual egreso anticipado del interno... limitando las posibilidades de una supervisión eficaz."
"Resulta evidente, la situación de vulnerabilidad en que la víctima se encuentra al día de hoy... La obligación jurisdiccional de garantizar el interés superior de la víctima del delito de lesiones leves calificadas por el vínculo y por mediar violencia de género y amenazas coactivas, deviene del orden constitucional..."
"En definitiva, y en razón de los fundamentos expuestos, estimo que la solicitud de Libertad Asistida no tendrá acogida favorable."
- Otros datos relevantes incluidos en la resolución:
Sentencia de condena: fallo nro. 10/2025 de fecha 07/03/2025; condenado por tenencia simple de estupefacientes a pena de un (1) año de prisión y multa de $11,25; unificación por método de unificación de condenas con pena de cuatro años y seis meses (sentencia abreviada 05/03/2024) resultando pena única de cinco (5) años de prisión, multa de $11,25 e inhabilitación absoluta por igual tiempo.
Fecha de vencimiento de la pena: 31/08/2026.
Informes considerados: dictamen fiscal N° 1799/2026 (25/06/26) (en rechazo), informes del Organismo Técnico Criminológico, áreas educativa/social/psicológica de la Unidad, y opinión de la víctima (mediante Secretaria Ad Hoc/Agencia Territorial de Acceso a la Justicia).
Medidas ordenadas: comunicar a la Unidad Penitenciaria N°1 de Coronda y dar intervención a la víctima a través del CENAVIC.
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