Logo

ZARATE, JOSE MARIA S/ DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA

La Asesoría de Incapaces solicita la revisión de la sentencia de limitación de capacidad de José María Zárate conforme nuevas normativas de salud mental. El Tribunal restringe su capacidad jurídica únicamente para actos patrimoniales, de salud y gestiones administrativas, manteniendo sistemas de apoyo con Marcela Alejandra Pereira y Curaduría Oficial.

Determinacion de capacidad juridica Restriccion de capacidad Sistema de apoyo Retraso mental grave Ley 26657 Codigo civil y comercial Actos patrimoniales Actos de salud Lectura facil Accesibilidad a la justicia Convencion sobre derechos de personas con discapacidad Autonomia Curaduria.

Quién demanda: Asesoría de Incapaces N° 1 Departamental.

¿A quién se demanda?

José María Zárate, DNI N° 25.311.734, nacido el 3 de agosto de 1976.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión de la sentencia que limitaba la capacidad jurídica de la persona, a fin de adecuarla a las nuevas normativas vigentes en materia de Salud Mental (Ley 26657), al Código Civil y Comercial de la Nación (vigente desde 1/08/2015) y a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Ley 26.378). Se solicitó además que la notificación y todas las intervenciones judiciales se realizaran en formato accesible, cumpliendo con requisitos de lenguaje claro y lectura fácil.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal restringió la capacidad jurídica de José María Zárate únicamente para los siguientes actos: a) administración y disposición de bienes (contraer créditos, constituir hipotecas, donaciones, contratos); b) actos relacionados con el ejercicio del derecho a la salud; c) realización de gestiones administrativas; y d) intervención por sí mismo en procesos judiciales y/o administrativos. Se mantuvo la designación de Marcela Alejandra Pereira y la Curaduría Oficial como personas de apoyo con facultad de representación. Se ordenó la revisión de la sentencia cada tres años y seguimiento trimestral por trabajadora social. Fundamentos principales de la decisión: "Que, del informe interdisciplinario practicado por el Equipo Técnico del Juzgado de Familia Departamental que luce agregado mediante presentación electrónica de fecha 27/04/2026, surge que el diagnóstico del causante resulta ser 'Retraso Mental Grave. Fecha aproximada en que se manifestó la enfermedad: En la primera infancia. Pronóstico: Reservado' (sic). Que, en cuanto a sus facultades conservadas, habilidades y comportamiento en la vida cotidiana se expuso que el mismo 'requiere de asistencia familiar y/o social continua y permanente. Contando con apoyos adecuados, puede vivir satisfactoriamente en la comunidad familiar o en establecimiento supervisado, pero no puede vivir solo...No sabe leer ni escribir, no conoce la fecha actual, ni identifica la hora en un reloj. No conoce el valor del dinero, por lo que no puede cobrar, ni administrar ni percibir por sí mismo un salario o beneficio provisional (jubilación/pensión)...'" "Que, de la apreciación del material probatorio agregado en autos en su conjunto
- informe interdisciplinario y de la entrevista de contacto personal con el causante -, puede concluirse el diagnóstico del mismo y que, por dicha dolencia, el ejercicio de su plena capacidad puede generar un perjuicio a su persona o a sus bienes. Entonces, entiendo que lo más beneficioso es mantener la restricción del ejercicio de la capacidad jurídica de JOSE MARIA ZARATE únicamente para los siguientes actos..." "El art. 43 del C.C. y C., establece que: 'Se entiende por apoyo cualquier medida de carácter judicial o extrajudicial que facilite a la persona que lo necesite la toma de decisiones para dirigir su persona, administrar sus bienes y celebrar actos jurídicos en general. Las medidas de apoyo tienen como función la de promover la autonomía y facilitar la comunicación, la comprensión y la manifestación de voluntad de la persona para el ejercicio de sus derechos'." El Tribunal enfatizó la importancia del lenguaje accesible en procesos judiciales que involucran a personas con capacidad limitada, incorporando un texto de lectura fácil como parte integrativa de la sentencia, conforme a las Reglas de Brasilia y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar