LOPEZ ADRIAN ALEJANDRO C/ RICARDO DANIEL RISCALDE S/ DESPIDO
Homologación de acuerdo transaccional en materia laboral por despido. El Tribunal de Trabajo homologó el acuerdo presentado por las partes, regulando honorarios profesionales e imponiendo las costas a la demandada, fijando asimismo tasa de justicia y condiciones de pago.
Quién demanda: López Adrián Alejandro
¿A quién se demanda?
Ricardo Daniel Riscalde
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Homologación de acuerdo transaccional celebrado entre las partes en autos caratulados "LOPEZ ADRIAN ALEJANDRO C/ RICARDO DANIEL RISCALDE S/ DESPIDO" (Expte. Nº 21154), presentado electrónicamente en fecha 04/06/2026, con el objeto de poner fin al pleito.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal homologó el acuerdo transaccional, rechazó el pedido de eximición de Tasa de Justicia, reguló los honorarios profesionales, impuso las costas a la demandada y estableció condiciones de pago. Fundamentos principales de la decisión: La Juez López Bellot Marina expresó en su voto que: "En el acuerdo transaccional al que arriban las partes para poner fin al pleito, concurren los requisitos exigidos por la ley para su validez y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las mismas conforme se los plantearan en la controversia sometida a decisión del Tribunal y al estado actual de las presentes actuaciones." Consecuentemente, se resolvió homologar el acuerdo conforme al art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo (L.C.T.), regulando los honorarios de los profesionales intervinientes e imponiendo las costas a la demandada de conformidad con el art. 24 de la Ley 15.057. Se rechazó la solicitud de eximición de tasa y sobretasa de justicia formulada por la demandada, estableciéndose el 2,2% sobre el capital conciliado ($ 132.000) más el 5% en concepto de sobretasa conforme a la Ley 15.563. Se fijó asimismo un interés punitorio diario del 0,30% por cada día de mora y cláusula de caducidad de plazos. Se regularon los honorarios del Dr. Mario Damián Sarina en 24,12 Jus ($ 1.200.000) y de la Dra. Stella Maris Bruzzoni en 7 Jus ($ 348.250), ambos con más el 10% adicional y 21% IVA. Los votos del Dr. Monastero Ricardo Javier y del Dr. Díaz Casas Miguel Ángel adhirieron a la fundamentación de la Juez de primer término.
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