SANCHEZ MARIA CLAUDIA C/ PROVINCIA ART SA S/ ACCIDENTE IN-ITINERE
La actora fue intimada a activar el procedimiento en accidente in itinere pero incumplió con la carga procesal. El Tribunal de Trabajo decretó la caducidad de instancia conforme al artículo 11 de la ley 15.057, condenando en costas a la parte actora.
Quién demanda: SANCHEZ MARIA CLAUDIA
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ART SA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La causa versa sobre un accidente in itinere. El incidente planteado cuestiona la procedencia de declarar la caducidad de instancia.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal de Trabajo Nº 4 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora decretó la caducidad de instancia en las actuaciones, impuso las costas a la parte actora con beneficio del art. 27 de la ley 15.057 y reguló honorarios a la abogada interviniente en la suma de $542.181.
- (10,89 JUS).
Fundamentos principales de la decisión:
"En 19/06/2025 se intimó a la parte actora a activar el procedimiento, bajo apercibimiento de decretar la caducidad de instancia, de conformidad con lo dispuesto por el art. 11 de la ley 15.057. Dicha intimación se encuentra debidamente notificada según surge de las constancias de autos de fecha 23/06/2025, cumpliendo la parte actora con la intimación cursada."
"Del análisis del caso, surge que los plazos previstos por el art. 11 segundo párrafo de la ley 15.057, han transcurrido holgadamente en la causa, con posterioridad a la última actuación útil formulada en fecha 25/06/2025 y que no media en autos un deber específico del Tribunal de efectuar algún acto procesal; todo ello hace aplicable al caso, el instituto de la caducidad de instancia establecido por el art. 11 segundo párrafo de la ley 15.057."
El Tribunal citó doctrina legal de la S.C.J.B.A. que ha sentado jurisprudencia en el sentido que: "Para decretar la caducidad de la instancia en el proceso laboral los Tribunales del Trabajo deben efectuar una intimación previa, en los precisos términos del segundo párrafo del art. 12 de la ley 11.653 y bajo el expreso apercibimiento allí dispuesto, sin necesidad de reiterar dicho emplazamiento frente a eventuales incumplimientos de las partes" (autos "Olivieri, Alejandro Alfredo contra Don Yeyo SA S/ Accidente de trabajo. Acción especial" SCBA LP L 118247 S 04/05/2016).
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