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GOMEZ ALAN EZEQUIEL C/ ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo contra la ART solicitando homologación de acuerdo conciliatorio. El Tribunal homologó el acuerdo por constituir una justa composición de derechos e intereses sin vulnerar principios de orden público, e impuso costas y reguló honorarios a cargo de la demandada.

Accidente de trabajo Homologacion de acuerdo Conciliacion Tasa de justicia Honorarios profesionales Art Orden publico Deposito en cuenta sueldo Justa composicion de derechos

Quién demanda: GOMEZ ALAN EZEQUIEL

¿A quién se demanda?

ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Homologación de acuerdo conciliatorio en causa por accidente de trabajo
- acción especial.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal de Trabajo Nº 4 de Lomas de Zamora homologó el acuerdo celebrado por las partes, rechazó la eximición de pago de la tasa de justicia, impuso costas a la demandada y reguló honorarios profesionales. Fundamentos principales: La Dra. RIVOLTA BLANCA ESTER expresó en su voto: "Estimo que la conciliación arribada no vulnera ningún principio de orden público y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional. En consecuencia, conforme con el Art. 15 de la Ley 20.744, considero corresponde la homologación solicitada, y formular advertencia a las partes acerca de la vigencia de lo normado en el Art. 270 del Código Fiscal (Ley 10.397 T.O. Dec. 339/94 B.O. 29-7-94)." Los Dres. LAREQUI MARIA EUGENIA y BUDNIK GUSTAVO DANIEL votaron en igual sentido compartiendo los fundamentos expuestos. Decisiones específicas: a) Homologación del acuerdo conciliatorio conforme Arts. 30 Ley 15.057 y Art. 15 Ley 20.744. b) Rechazo de la eximición de pago de tasa de justicia. Se intimó a la demandada para que integre el sellado correspondiente a TASA DE JUSTICIA en la suma de PESOS CIENTO DIEZ MIL ($110.000.-) con los alcances de los Arts. 270 y concordantes del Código Fiscal. c) Imposición de costas a ASOCIART S.A. ART. Regulación de honorarios profesionales conforme Ley 14.967:
- PAZ SAGUIER GONZALO: PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000.-) equivalente a 10,05 JUS, sin incluir impuesto al Valor Agregado.
- ZELENAY BRUNO (representación del actor): PESOS UN MILLON ($1.000.000.-) con aportes y contribuciones de ley, reconocidos por la parte demandada. d) Se ordena que los letrados acrediten pago de aportes previsionales y cumplimiento con art. 13 de ley 6716. e) Se hace saber a la ART que conforme art. 17 de la ley 27.348, todas las prestaciones dinerarias e indemnizaciones deberán depositarse en la "cuenta sueldo" del trabajador creada en virtud de ley 26.590. f) Se ordena que el actor comunique datos bancarios (entidad, sucursal, CBU, número de cuenta y CUIL) para transferencia de fondos, quedando suspendidos los plazos procesales hasta cumplimiento. g) Se aclara que el depósito judicial previsto por art. 277 de la LCT no rige para pago de honorarios profesionales. h) Se ordena a la demandada acreditar efectivización de transferencias bajo apercibimiento de medidas ejecutivas.

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