GAY MONICA ALICIA C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
La actora promovió demanda por enfermedad profesional contra la aseguradora de riesgos del trabajo. El Tribunal homologó el acuerdo de partes del 12-06-26, considerando que se logró una justa composición de los derechos e intereses sin violación de orden público.
Quién demanda: Gay Mónica Alicia
¿A quién se demanda?
Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prestaciones derivadas de una enfermedad profesional
¿Qué se resolvió?
El Tribunal homologó el acuerdo celebrado entre las partes el 12-06-26, ordenando su cumplimiento conforme a los términos pactados y regulando los honorarios profesionales y periciales correspondientes. Fundamentos principales de la decisión: El Dr. Daneri expresó en su voto: "Tomando en consideración los planteos formulados, el modo en que ha quedado trabada la litis, elementos obrantes en autos y particularidades del caso, surge que, con el acuerdo arribado, se ha logrado una justa composición de los derechos e intereses de las partes y no se advierte violación de derechos protegidos por el orden público por todo lo cual DEBE HOMOLOGARSE EL ACUERDO (arts. 12, 13, 15, 277 L.C.T.; art. 30 ley 15057)." Las Dras. Saldaña y Viviant adhirieron al voto precedente, compartiendo fundamentos y conclusiones, lo que determinó la decisión por unanimidad del Tribunal. El Tribunal estableció que los pagos del capital condenado se efectuarán mediante depósito en cuenta bancaria del actor, cuya titularidad exclusiva debe acreditarse en el expediente dentro de dos días, bajo apercibimiento de suspensión del plazo de pago. Asimismo, reguló los honorarios de los abogados de la actora en 108,54 ius, de la demandada en 54,27 ius, y de los peritos (contador, médico y técnico) en 16,28 ius cada uno, conforme a la escala legal mínima. Las costas fueron impuestas a la demandada, quien debe acreditar el pago del 50% de la tasa de justicia y su contribución.
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