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CURCIO SILVINA ALEJANDRA C/ MARTINS RODRIGO EMANUEL S/ DESPIDO

Homologación de conciliación en demanda por despido. El Tribunal del Trabajo homologó el acuerdo alcanzado por las partes, regulando honorarios profesionales y estableciendo plazos para el pago de la capital y tasas de justicia.

Homologacion de conciliacion Despido Derecho laboral Justa composicion de intereses Acuerdo de partes Regulacion de honorarios Tasa de justicia Transferencia bancaria Ley 20.744 Tribunal del trabajo

¿Qué se resolvió en el fallo?

Quién demanda (Actor): Curcio Silvina Alejandra A quién se demanda (Demandado): Martins Rodrigo Emanuel Qué se reclama (Objeto de la demanda): Demanda por despido Qué se resolvió (Decisión del tribunal): El Tribunal del Trabajo Nro. Dos homologó la conciliación arribada por las partes en todas sus partes, en cuanto involucra la totalidad de los rubros reclamados y acuerdo sobre las costas ocasionadas. Se regularon los honorarios de los profesionales intervinientes (letrados y peritos) conforme a la ley 14.967 y se intimó a la demandada a depositar en autos las sumas de $528.000 en concepto de Tasa de Justicia y $26.400 en concepto de sobre Tasa, bajo apercibimiento de ejecución. Se estableció que la cancelación del capital y honorarios se efectuará mediante transferencia o depósito directo en la cuenta bancaria de cada beneficiario, conforme a lo dispuesto en el artículo 277 de la Ley 20.744, modificado por Ley 27.802. Fundamentos principales de la decisión: "Atento que lo pactado libremente por las partes, cumple con los recaudos legalmente exigibles para alcanzar una justa composición de los intereses de las mismas, toda vez que no implica renuncias a derechos del trabajador que se supongan reconocidos por el demandado en autos, ni afecta disposiciones de orden público en vigencia, soy de opinión favorable a homologarlo en todas sus partes, en cuanto involucra la totalidad de los rubros reclamados y acuerdo sobre las costas ocasionadas (arts. 15, ley 20.744 t.o.; 1641, 1643 y ccs. del C.C. y C. de la Nación; 73 y concs. del CPCC; 24, 30 y 89, ley 15.057)." Los jueces JUAN IGNACIO ORSINI y FEDERICO JAVIER ESCOBARES coincidieron por idénticos conceptos, votando en igual sentido la homologación de la conciliación.

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