FERRER EMILIANO C/ FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ MATERIA A CATEGORIZAR
El letrado Ferrer Emiliano demandó al Fisco de la Provincia de Buenos Aires para obtener la regulación y pago de honorarios profesionales por su intervención ante la Comisión Médica. El Tribunal de Trabajo N° 2 hizo lugar a la demanda y condenó al Fisco a abonarle 8 IUS en concepto de honorarios, aplicando la Ley Arancelaria 14.967.
Quién demanda: Ferrer Emiliano, letrado.
¿A quién se demanda?
Fisco de la Provincia de Buenos Aires.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Regulación y pago de honorarios profesionales por su actuación como patrocinante del trabajador Sergio Daniel Balvidares en el expediente n° 144134/25 de la Comisión Médica n° 11
- La Plata.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda. El Tribunal condenó al Fisco de la Provincia de Buenos Aires a pagar al letrado Ferrer Emiliano la suma de 8 IUS en concepto de honorarios profesionales, con más aportes previsionales e IVA si correspondiere. Asimismo, reguló los honorarios del letrado en concepto de litigio en la suma de 1,50 IUS, con más los aportes legales e IVA si correspondiere. Fundamentos principales de la decisión: "Que se encuentra acreditada la actuación profesional del letrado Ferrer Emiliano, en las actuaciones administrativas referidas. Que la demandada no acreditó pago alguno de honorarios." "Que el art. 1 de la ley 27.348 establece que los honorarios profesional por actuaciones ante las Comisiones Médicas estarán a cargo de la ART o empleador autoasegurado." "Que corresponde aplicar la ley arancelaria 14.967, resultando inaplicables normas administrativas de menor rango. Que ponderando el monto del asunto, la labor profesional y las pautas de los arts. 9, 16, 21, 44 y 55 de la citada ley, corresponde fijar los honorarios en 8 IUS." El Tribunal rechazó el argumento de la demandada de que los honorarios debían calcularse al 5% según normativa administrativa interna, prevaleciendo la aplicación de la Ley Arancelaria 14.967 como norma de superior rango.
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