FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ RICHETTI HECTOR S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires demandó al deudor Héctor Richetti por apremio provincial para ejecutar una deuda de $700.421,10. El tribunal ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del capital más intereses, al no haber opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal.
Quién demanda: Fisco de la Provincia de Buenos Aires
¿A quién se demanda?
Héctor Richetti
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de una deuda de Pesos setecientos mil cuatrocientos veintiuno con 10/100 ($700.421,10) mediante procedimiento de apremio provincial.
¿Qué se resolvió?
El tribunal ordenó llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor Héctor Richetti haga integro pago a su acreedor Fisco de la Provincia de Buenos Aires del capital reclamado de $700.421,10 más intereses anuales.
Fundamentos principales de la decisión:
"No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal para hacerlo, el que se encuentra vencido según informa la actuaria en éste acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPCC según art. 25 de la Ley 13.406)."
"Por ello, de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y art. 10 ult. Pfo. y 25 de la Ley 13.406 FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor HECTOR RICHETTI haga integro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de Pesos SETECIENTOS MIL CUATROCIENTOS VEINTIUNO CON 10/100 ($700.421,10) con mas un interes anual calculado a partir de la fecha de interposición de la demanda
- (conforme art. 95 ult. Pfo. ley 13.405)."
"el que no podrá exceder, en el momento de su fijación, de la tasa vigente que perciba el Banco de la Provincia de Buenos Aires en acuerdos para el sobregiro en cuenta corriente bancaria, incrementada en hasta un ciento cincuenta por ciento (150%), que será establecido por el Poder Ejecutivo a través de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (conf. art. 104 de la Ley 10.397 texto actualizado según Ley 14.394)."
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