DELLA VIOLA CLAUDIO JOSÉ C/ OJEDA TEJADA MARIANA SOLEDAD Y OTRO/A S/ COBRO EJECUTIVO
El actor promovió demanda ejecutiva por cobro de ochocientos mil pesos respaldada en dos cheques de pago diferido. El Tribunal hizo lugar a la ejecución al no oponer defensa los demandados, ordenando el pago del capital más intereses y costas.
Quién demanda: Claudio José Della Viola
¿A quién se demanda?
Mariana Soledad Ojeda Tejada y Cristian Ezequiel Torales
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro ejecutivo de la suma de pesos ochocientos mil ($ 800.000.-) con base en dos cheques de pago diferido -Serie M N° 07100117 (vencimiento 28/02/2025) y Serie M N° 07100119 (vencimiento 06/03/2025)-, más intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar a la ejecución, ordenando a los demandados realizar el pago íntegro del capital reclamado más los intereses correspondientes. Se impusieron las costas a los accionados vencidos.
Fundamentos principales de la decisión:
"El término que tenían los ejecutados para oponer excepciones se encuentra vencido, sin que hayan opuesto defensa alguna, según informa el Actuario en este acto (arts. 116 y 155 del CPCC.), por lo que corresponde darle por perdido el derecho que han dejado de usar y, conforme a lo dispuesto por los arts. 540, 541 y 549 del CPCC, debe sentenciarse en esta causa de remate, mandando llevar adelante la ejecución."
"Los intereses se liquidarán a la tasa vencida que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento a 30 días (art. 768 y ccdtes. Código Civil y Comercial), desde la fecha de mora operada para el cheque de Pago Diferido -Serie M N° 07100117
- el 28/02/2025 y respecto del cheque de Pago Diferido -Serie M N° 07100119
- el 06/03/2025 y hasta el momento del efectivo pago."
"Las costas se imponen a los accionados que resultan vencidos (arts. 556 y 68 del CPCC)."
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