PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO C/ CLINICA PRIVADA DEL NIÑO Y LA FAMILIA SRL S/ INCIDENTE DE VERIFICACION DE CREDITO (190)
Provincia ART S.A. promovió incidente de verificación tardía de crédito por incumplimiento de obligaciones de seguro de riesgos del trabajo por $16.872,44 durante los períodos noviembre 2006 a abril 2007. El Tribunal declaró verificado el crédito con privilegio general para el capital e impuso costas al acreedor intempestivo por la presentación tardía.
Quién demanda: Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. (Provincia ART S.A.), representada por el Dr. Claudio R. Anido.
¿A quién se demanda?
Clínica Privada del Niño y la Familia SRL (en concurso preventivo).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Verificación tardía de crédito por la suma total de $16.872,44, comprensiva de capital ($16.347,89) correspondiente a obligaciones incumplidas en concepto de alícuotas de seguro de riesgos del trabajo para los períodos noviembre 2006 a abril 2007, más intereses calculados a la tasa activa del Banco de la Nación Argentina para operaciones de descuento a 30 días ($524,56). La demandante solicita se otorgue privilegio general al capital conforme art. 246, inc. 2° de la LCQ y carácter de quirografario a los intereses.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal declaró verificado el crédito insinuado por la suma total de $16.872,44, otorgando privilegio general a la suma de $16.347,89 y carácter quirografario a la suma de $524,56. Se impusieron las costas al acreedor intempestivo. Fundamentos principales: "Comienzo señalando que, en el sistema de la ley concursal, los acreedores pueden obtener la verificación de su crédito en forma tempestiva, como queda establecido a través de los artículos 32, 36 y 37 de la ley 24522, o en forma tardía, regulada por el art. 56 de la misma norma, instrumento del cual pueden valerse los acreedores que no insinuaron su crédito en la oportunidad del art. 32." La perito contadora María Carolina Mundaca Schwab acreditó en su informe de fecha 24/09/2024 que "CLINICA PRIVADA DEL NIÑO Y LA FAMILIA S.R.L. CUIT 30-58716982-3 suscribió contratos de afiliación de ART con la aseguradora PROVINCIA ART S.A., nº 29773 mediante el formulario de afiliación nº 00104282 de fecha 28-06-1996 y nº 119050 mediante solicitud de cobertura 4050508 de fecha 03-01-2008. Contrato de afiliación 29773: Vigencia: desde el 1/7/1996 hasta 30/06/1997, con renovación automática", quedando acreditado el vínculo contractual. Asimismo, "del apartado 'c)' del mismo informe pericial, queda plasmado que la concursada, según la documentación compulsada, no abonó las obligaciones asumidas desde el período 11/2006 al 04/2007." "La conclusión del concurso no es un impedimento para la verificación del crédito insinuado, dado que el incidente de verificación tardía es un proceso autónomo, con su propia traba de litis (acreedor incidentista, concursado y, en su caso, síndico), que no se extingue por la conclusión del principal salvo declaración expresa o supuesto legal que así lo disponga, lo cual no ha ocurrido en el caso. La conclusión del concurso no es una causal de extinción del incidente, solo pone fin a los efectos del concurso preventivo en sí mismo (cesación de la intervención sindical en sus funciones de contralor general, recuperación plena de facultades de administración y disposición por el deudor, etc.), pero el crédito cuya verificación se pretende sigue necesitando esa declaración judicial para definir su existencia, legitimidad (arts. 56, párr. 6°, 59, LCQ)." Respecto a las costas: "Sabido es que, en principio, las costas de la presentación tardía del pedido de verificación deben ser impuestas al acreedor intempestivo, con independencia del resultado que arroje la respectiva decisión. Y si bien es cierto que, excepcionalmente, tal regla debe ceder en aquellos supuestos en que la demora del insinuante obedece a su imposibilidad de solicitar la incorporación de su crédito en forma tempestiva, en la especie el acreedor no invocó y menos aún acreditó circunstancia alguna que justifique que la demora en verificar no le es imputable."
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