SANCHEZ ESTEBAN OSVALDO C/ EPPER RICARDO MIGUEL Y OTROS S/ COBRO EJECUTIVO DE ALQUILERES
El tribunal decretó la caducidad de instancia en un proceso de cobro ejecutivo de alquileres por inactividad procesal de más de tres meses. La decisión se fundamentó en el desinterés demostrado por la parte actora al no impulsar la instancia dentro del plazo legal establecido.
Quién demanda: Sánchez Esteban Osvaldo
¿A quién se demanda?
Epper Ricardo Miguel y otros
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro ejecutivo de alquileres
¿Qué se resolvió?
Se decretó la caducidad de la instancia, se impusieron costas a la parte actora y se diferió la regulación de honorarios para una vez firme el decisorio. Fundamentos principales de la decisión: El tribunal sostuvo que "la caducidad de instancia es un instituto procesal de orden público, cuyo fundamento objetivo es la inactividad por un tiempo determinado de los litigantes, quienes ante el desinterés demostrado tienen su sanción. Ello estriba en la necesidad de evitar la duración indefinida de los procesos judiciales atentatoria a los valores jurídicos de paz y seguridad a cuya vigencia apunta su recepción normativa." El tribunal determinó que desde la última actuación que impulsó el proceso (10/03/2020) hasta la fecha de sentencia, transcurrió el plazo de tres meses previsto por el artículo 310 inciso 3° del Código Procesal Civil y Comercial. Además, se recordó que "la ley 13.986 incorporó el supuesto de caducidad por reincidencia en la omisión de impulsar la instancia. Si quien fue requerido a pronunciarse sobre el interés en el proceso y a materializar un acto de impulso luego lo abandonare por idéntico período podrá sufrir una caducidad en su contra a pedido de parte o decidida de oficio por el Juez."
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