R., L. A. c/ OSPADEP Y OTRO s/AMPARO DE SALUD
El actor promovió acción de amparo para mantener su afiliación a la obra social tras su jubilación. El Juzgado Civil y Comercial Federal 11 hizo lugar a la demanda, reconociendo el derecho a continuar con las prestaciones de salud en las mismas condiciones que antes de jubilarse.
¿Quién es el actor?
L. A. R.
- Demandados: OSPADEP y otro
- Objeto de la demanda: Mantener la afiliación a la obra social y las prestaciones de salud tras la jubilación.
- Decisión del tribunal: Se admite la acción de amparo, ordenando la continuidad de la afiliación en las mismas condiciones.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Si subsiste para el trabajador que obtiene el beneficio jubilatorio el derecho de permanecer en la obra social contractual, corresponde reconocerle también el derecho a mantener el mismo plan superador que se le brindaba en el marco de su relación con la obra social." "La postura adoptada por la emplazada por la que insiste en el rechazo de la demanda no es ajustada a derecho, ya que conduce a la ruptura unilateral de aquella relación, pretendiendo imponer como obligatoria una afiliación que la propia ley previó con carácter facultativa para quienes ya poseían una obra social." "En consecuencia, estimo que la postura adoptada por la emplazada por la que insiste en el rechazo de la demanda no es ajustada a derecho, ya que conduce a la ruptura unilateral de aquella relación."
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