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A., A. G. c/ OSCOMM Y OTRO s/SUMARISIMO DE SALUD

El actor promovió acción de amparo para mantener su afiliación a la obra social tras jubilarse. El Juzgado Civil y Comercial Federal 11 hizo lugar a la demanda, reconociendo el derecho a la continuidad de la cobertura médico-asistencial.

Amparo Salud Jubilacion Obra social Continuidad Prestaciones Derivacion de aportes Inconstitucionalidad Derechos fundamentales Carga economica


¿Quién es el actor?

A., A. G.
- Demandados: OSCOMM y otro
- Objeto de la demanda: Mantener la afiliación a la obra social tras la jubilación.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la acción de amparo, ordenando la continuidad de la afiliación y prestaciones.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La decisión adoptada por las demandadas no es ajustada a derecho, ya que conduce a la ruptura unilateral de aquella relación, pretendiendo imponer como obligatoria una afiliación que la propia ley previó con carácter facultativa para quienes ya poseían una obra social." "Si subsiste para el trabajador que obtiene el beneficio jubilatorio el derecho de permanecer en la obra social contractual, corresponde reconocerle también el derecho a mantener el mismo plan superador que se le brindaba en el marco de su relación con la obra social." "La falta de contestación de la demanda puede ser interpretada como un reconocimiento de la verdad de los hechos pertinentes a los que ella se refiere."

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