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BRIZUELA, JUAN CARLOS c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986

El demandado ANSES apeló la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo promovida por Juan Carlos Brizuela. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la decisión de primera instancia, argumentando la procedencia del amparo y la inaplicabilidad del tope de la ley 24.463.

Amparo Prevision social Jubilacion Anses Ley 24.463 Ley 24.016 Impuesto a las ganancias Costas Procedencia Justicia social


¿Quién es el actor?

Juan Carlos Brizuela

¿A quién se demanda?

ANSES
- Objeto de la demanda: Acción de amparo por el reconocimiento de un beneficio previsional.
- Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar al amparo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El amparo resulta formalmente procedente... siempre que aparezca de un modo claro y manifiesto el daño grave e irreparable que se causaría remitiendo el examen de la cuestión a los procedimientos ordinarios." "El art. 9 de la ley 24.463 no resulta aplicable al haber de una persona que obtuvo su jubilación bajo el régimen especial de jubilaciones y pensiones previsto por la ley 24.016." "Las cuestiones políticas o facultades privativas de los poderes públicos se encuentran exentas, en principio, del control judicial de constitucionalidad."

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