CHAZARRETA DAMIAN NORBERTO C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo contra la ART. El Tribunal homologó el acuerdo transaccional presentado por las partes, regulando honorarios profesionales y costas a cargo de la demandada.
Quién demanda: Chazarreta Damian Norberto
¿A quién se demanda?
Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prestaciones derivadas de accidente de trabajo.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal homologó el acuerdo transaccional presentado por las partes para dar por finalizado el pleito. Fundamentos principales de la decisión: "En el acuerdo transaccional al que arriban las partes para poner fin al pleito, concurren los requisitos exigidos por la ley para su validez y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las mismas, conforme se los planteara en la controversia sometida a decisión del Tribunal y al estado actual de las presentes actuaciones." El Tribunal procedió a la homologación conforme lo dispuesto en el art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo, imponiendo las costas a la parte demandada de conformidad con los arts. 24 y 26 de la Ley 15.057. Se regularon los honorarios de los abogados Krell Dan Ammiel en la suma de $1.150.000 (23.12 JUS) y de la Dra. Tarachuk Sabrina en la suma de $1.150.000 (23.12 JUS), respectivamente, con más el 10% e IVA si correspondiere. Los honorarios de los peritos Sofía Alejandra Cerezo, Julio César Moreno y Laura Raquel Martínez fueron fijados en $172.500 cada uno, con sus respectivas adiciones legales e IVA si correspondiere. Se desestimó el pedido de eximición del pago de tasa retributiva del servicio de justicia, ascendiendo la tasa de justicia a la suma de $126.500. Se ordenó a la ART que conforme al art. 17 de la ley 27.348, todas las prestaciones dinerarias e indemnizaciones deberán ser depositadas en la "cuenta sueldo" del trabajador, creada en virtud de la ley 26.590.
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