FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MISIANO EVANGELINA MARIA ROSA S/ APREMIO
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio contra Evangelina María Rosa Misiano por deuda fiscal. El Tribunal hizo lugar a la ejecución y ordenó llevar adelante el remate hasta obtener el pago íntegro de la deuda de $1.109.641,60 más intereses.
Quién demanda: Fisco de la Provincia de Buenos Aires
¿A quién se demanda?
Evangelina María Rosa Misiano
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de deuda fiscal por un capital de PESOS UN MILLON CIENTO NUEVE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y UNO CON SESENTA CENTAVOS ($1.109.641,60), más intereses desde la interposición de la demanda hasta el efectivo pago, conforme a lo prescripto por el art. 104 del Código Fiscal, Ley 10.397.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar a la causa de trance y remate, ordenando llevar adelante la ejecución hasta tanto la ejecutada haga pago íntegro del capital reclamado con más sus intereses en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal, con costas a cargo de la demandada. Se difirió la regulación de honorarios profesionales hasta que obre liquidación firme. Fundamentos principales: "Atento al estado de estas actuaciones, siendo que la parte demandada fue notificada en el domicilio fiscal constituído sito en calle Falcon N° 383 de la ciudad de San Nicolás en la Provincia de Buenos Aires (art. 32 del Código Fiscal de la Pcia. de Bs. As., Ley 10.397, texto según Ley 14.333) sin que haya opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido; procede darle por perdido el derecho dejado de usar y dictar este pronunciamiento (arts. 7, 9 Ley 13.406, 155 y 549 C.P.C.C.)." "Por ello, conforme con lo pedido, la deuda que resulta de los títulos ejecutivos base de este apremio, y lo dispuesto por los arts. 104, 168 y concs. del Código Fiscal Ley 10.397, texto ordenado año 2.011." El Tribunal consideró que la demandada, debidamente notificada en domicilio fiscal y sin oponer excepciones legítimas en término, había perdido el derecho de defensa, lo que permitía dictar sentencia de remate conforme a las normas del procedimiento de apremio.
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