CASTILLO DANIEL LEON S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se declararon herederos universales de Daniel León Castillo a sus tres hijos y su cónyuge, luego de acreditarse el fallecimiento y publicarse los edictos prevenidos por ley.
Quién demanda: Se trata de un proceso de sucesión ab-intestato iniciado mediante manifestación conforme al artículo 2340 del Código Civil y Comercial de la Nación.
¿A quién se demanda?
No hay demandado. El proceso se promueve para determinar los herederos de Daniel León Castillo.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se solicita la declaratoria de herederos del causante Daniel León Castillo, fallecido el 5 de mayo de 2025.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal declaró herederos universales a:
- Juan Nicolás Castillo (hijo)
- Manuel Agustín Castillo (hijo)
- Leonardo Daniel Castillo (hijo)
- Marina Noemí Campos (cónyuge)
Fundamentos principales de la decisión:
El Tribunal consideró acreditado el fallecimiento de Daniel León Castillo mediante el Acta N° 92 inscripta al Tomo 2 D de la Delegación Ituzaingó del año 2025. Se verificó que el causante mantenía estado civil de casado con Marina Noemí Campos, con quien contrajo matrimonio el 11 de septiembre de 1990, conforme a la partida de matrimonio adjunta al escrito de inicio.
Se acreditó asimismo que de dicha unión nacieron Juan Nicolás, Manuel Agustín y Leonardo Daniel Castillo, según las partidas de nacimiento adjuntas en pdf con el escrito de inicio. El Tribunal constató que se cumplió con la publicación de edictos prescripta por el artículo 734 inciso 1º del Código Procesal Civil y Comercial, con resultado negativo informado por el Secretario.
Conforme a lo dispuesto por los artículos 2337, 2424, 2426, 2433 del Código Civil y Comercial y 735 y 737 del Código Procesal Civil y Comercial, se declara que por fallecimiento de Daniel León Castillo le suceden en carácter de universales herederos sus hijos y su cónyuge, a quien también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda respecto de los gananciales.
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