OREIRO JORGE EDUARDO S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se declara la sucesión ab-intestato de Jorge Eduardo Oreiro a favor de sus hijas Noelia Gisele y Camila Mariel como únicas y universales herederas. El Tribunal reconoce el vínculo filial acreditado y la publicación de edictos conforme a ley, cesando la intervención del Ministerio Fiscal. ---
Quién demanda: Tramitación de oficio de sucesión ab-intestato de Jorge Eduardo Oreiro.
¿A quién se demanda?
No aplica. Se trata de un proceso sucesorio.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaración de herederos ab-intestato y determinación de quiénes suceden al causante Jorge Eduardo Oreiro, fallecido el 20 de enero de 2026.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal declara que por fallecimiento de Jorge Eduardo Oreiro le suceden en carácter de únicos y universales herederos sus hijas: Noelia Gisele Oreiro y Postiglione y Camila Mariel Oreiro y Postiglione. Fundamentos principales de la decisión: El Tribunal funda su resolución en los siguientes aspectos: 1. Acreditación del fallecimiento: "Que con la partida de defunción adjunta a la presentación de fecha 06/2/2026 se acredita el fallecimiento de JORGE EDUARDO OREIRO, ocurrido el día 20 de enero de 2026." 2. Vínculo filial documentado: "Que de la unión del causante Jorge Eduardo Oreiro con Myriam Noemi Postiglione nacieron: Noelia Gisele, el día 27 de septiembre de 1989 y Camila Mariel, el día 04 de julio de 1994, según se acredita con las constancias adjuntas a la presentación mencionada en el punto I." 3. Cumplimiento de requisitos formales: "Que con los diarios y recibos agregados en fecha 20/3/2026 y 09/4/2026, consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2 del C.P.C.C. y sobre cuyo vencimiento y resultado informa el Actuario en fecha 29/5/2026." La resolución se dicta conforme lo dispuesto por los artículos 2424, 2426, 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación y artículos 735, 737 del Código Procesal Civil y Comercial, estableciendo la sucesión "sin perjuicio de terceros" y cesando la intervención del Ministerio Fiscal una vez cumplidos los requisitos legales. ---
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