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CARRICA GASTON EMILIANO C/ MAYOLO CARLOS OSCAR S/ DESPIDO

Homologación de conciliación en demanda por despido. El Tribunal del Trabajo Nº 1 de La Plata homologó el acuerdo arribado por las partes, regulando los honorarios de los profesionales intervinientes y las costas a cargo de la demandada.

Homologacion de conciliacion Despido Derechos del trabajador Orden publico laboral Regulacion de honorarios Costas procesales Tasa de servicios judiciales Transaccion laboral Ley 20.744 Acuerdo de partes

Quién demanda: CARRICA GASTÓN EMILIANO

¿A quién se demanda?

MAYOLO CARLOS OSCAR

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Demanda por despido (caratulados bajo expediente Nº 49399)

¿Qué se resolvió?

El Tribunal homologó la conciliación arribada por las partes, regulando los honorarios de los letrados intervinientes y de los peritos, estableciendo el pago de tasas judiciales por parte de la demandada, e intimando al pago mediante transferencia o depósito directo en cuentas bancarias personales de cada beneficiario. Fundamentos principales de la decisión: La Dra. STELLA MARIS MARCASCIANO expresó: "Atento a que lo pactado libremente por las partes, que informa el escrito presentado, cumple con los recaudos legalmente exigibles para alcanzar una justa composición de los derechos e intereses de las mismas, toda vez que no implica renuncias a derechos del trabajador que supongan derechos reconocidos por el empleador en autos, ni afectan disposiciones de orden público en vigencia, soy de opinión favorable de homologarlo, en todas sus partes, en cuanto involucra la totalidad de los rubros reclamados y acuerdo sobre las costas ocasionadas." El tribunal fundamentó la homologación en los Arts. 15 de la ley 20.744, 1641 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación, 73, 160, 162 y concordantes del CPCC; 24, 25, 30 y 89 de la ley 15.057, verificando que el acuerdo no importaba renuncias a derechos reconocidos por el empleador y respetaba las disposiciones de orden público laboral. La regulación de honorarios se efectuó de la siguiente manera: Dr. BARONE MATÍAS (abogado actor) en 40,20 IUS equivalente a PESOS DOS MILLONES ($2.000.000); Dr. PASTOR HUMBERTO ARIEL (abogado demandado) en 13,40 IUS equivalente a PESOS SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL ($667.000); Dr. GARCÍA ORSI ÁLVARO (abogado demandado) en 6,69 IUS equivalente a PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y TRES MIL ($333.000); Perito Contador RECASENS MARIEL ALCIRA en PESOS CUATROCIENTOS MIL ($400.000); Perito Informático CORREA MARTÍN SEBASTIÁN en PESOS CUATROCIENTOS MIL ($400.000). Se intimó a la parte demandada a depositar en el plazo de DIEZ DÍAS la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTE MIL ($220.000) en concepto de Tasa Retributiva de Servicios Judiciales y PESOS ONCE MIL ($11.000) como Contribución del 5% sobre la Tasa mencionada.

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