CREDIAR SA C/ VARELA ABELARDO S/ COBRO EJECUTIVO
Crediar S.A. promovió ejecución contra Abelardo Varela por cobro de pagaré a la vista sin protesto por $20.194,30. El Tribunal condenó al deudor al pago del capital más intereses desde agosto de 2020, IVA sobre intereses y costas, decretando embargo sobre sus remuneraciones.
Quién demanda: Crediar S.A. (acreedor)
¿A quién se demanda?
Abelardo Varela (deudor)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de pagaré a la vista con cláusula sin protesto, por el capital de $20.194,30, más intereses, IVA y costas.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar a la demanda ejecutiva, condenando a Abelardo Varela al pago íntegro del capital reclamado ($20.194,30) con los intereses pactados desde la mora (10/08/2020), IVA sobre los intereses y costas de ejecución. Asimismo, decretó embargo sobre los sueldos y remuneraciones del ejecutado hasta cubrir $100.000 en concepto de capital y presupuestada.
Fundamentos principales:
"Tratándose el documento base de la ejecución de UN PAGARÉ A LA VISTA CON CLÁUSULAS SIN PROTESTO, la mora se configura desde la fecha de su presentación al cobro, en el caso de autos a partir del 10-08-2020 conforme fue manifestado en el escrito de demanda y no rebatido en autos."
"Los intereses serán calculados conforme lo pactado por las partes, desde la mora, producida el 10/08/2020, hasta el efectivo pago; ello sin perjuicio de aplicar el tope previsto por nuestra Cámara Primera Departamental, esto es, el de dos veces la tasa activa (resol.172, expte.1414-98, f. 555, 27-8-98)."
"En cuanto al I.V.A., los servicios financieros están gravados dentro de la Ley que regula el referido impuesto y no acreditado en autos causa alguna que determine estar exenta la prestación financiera en cuestión
- el gravámen sobre 'intereses' debe ser abonado por el demandado consumidor final del servicio-, actuando el actor en autos como agente responsable ante el organismo recaudador (Conf. JU 33051, RSD-183-41 S 13-6-2000)."
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