CESPA MIRTA IRENE S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se declara la sucesión ab-intestato de Mirta Irene Cespa. El Tribunal reconoce a sus hijas Claudia Alejandra y Andrea Marcela Altobelli y Cespa como universales herederas conforme a lo dispuesto en el Código Civil y Comercial de la Nación. ---
Quién demanda: Trámite de sucesión ab-intestato de Mirta Irene Cespa.
¿A quién se demanda?
No aplica
- procedimiento sucesorio.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaración de herederos legítimos y distribución del patrimonio hereditario de Mirta Irene Cespa, fallecida el 22 de agosto de 2025.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal declara "en cuanto a lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de MIRTA IRENE CESPA le suceden en carácter de universales herederas sus hijas: CLAUDIA ALEJANDRA y ANDREA MARCELA ALTOBELLI Y CESPA." Fundamentos principales: El Tribunal acreditó mediante documentación digitalizada: (i) el fallecimiento de Mirta Irene Cespa ocurrido el 22 de agosto de 2025, siendo viuda de Andrés Domingo Altobelli (fallecido el 18 de marzo de 2000); (ii) el nacimiento de sus hijas Claudia Alejandra (2 de octubre de 1961) y Andrea Marcela (7 de agosto de 1966), ambas procreadas con Andrés Domingo Altobelli; (iii) la publicación de edicto conforme al artículo 734 inciso 2 del Código Procesal Civil y Comercial, que arrojó resultado negativo, cumpliendo así con el requisito de publicidad para sucesiones ab-intestato. La resolución se pronuncia "de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los arts. 2424, 2426 del Código Civil y Comercial de la Nación y arts. 735 y 737 del CPCC", estableciendo el derecho sucesorio de las hijas como herederas universales sin perjuicio de terceros. ---
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