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OTROS PROCESOS INCIDENTALES EN AUTOS VAQUERO, PABLO ARIEL Y OTROS SOBRE 266 - EXACCIONES ILEGALES

La defensa interpuso recurso de inconstitucionalidad cuestionando la competencia del fuero penal local y la constitucionalidad del sistema procesal de la CABA en causa por exacciones ilegales. La Cámara de Casación rechazó el recurso por no demostrar la concurrencia de ningún supuesto que habilite la intervención del Tribunal Superior de Justicia.

Recurso de inconstitucionalidad Competencia material Juez natural Sistema procesal acusatorio Garantia de defensa en juicio Exacciones ilegales Concusion Funcionarios publicos Tribunal superior de justicia Debido proceso

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor/Acusador: Fiscalía Demandados/Acusados: Pablo Ariel Vaquero, Félix Nahuel López, Walter Martín Núñez y Ezequiel Rubén Carrizo Objeto del reclamo: Se recurre contra sentencia que absolvió a los imputados de apremios ilegales y falsedad ideológica, y los condenó como autores del delito de concusión. La defensa interpone recurso de inconstitucionalidad alegando: a) vulneración de la garantía del juez natural, argumentando que el fuero penal local carece de competencia material para juzgar a funcionarios públicos (competencia federal); b) inconstitucionalidad del sistema de enjuiciamiento de la CABA por no permitir a la defensa controvertir prueba durante la investigación penal preparatoria. Decisión del tribunal: Se rechaza el recurso de inconstitucionalidad por inadmisible. Fundamentos principales: "Si bien es cierto que el nomen iuris de la vía utilizada impondría la desestimación de plano de la impugnación intentada, lo cierto es que esa solución implicaría incurrir en un excesivo rigor formal. Por ello, la admisibilidad recursiva debe ser analizada en función de los requisitos del recurso de inconstitucionalidad, pues es ese el único remedio procesal idóneo para controvertir la resolución de esta Sala (art. 27, ley 402)." "Al respecto, cuadra hacer notar que para satisfacer el requisito de caso constitucional, no alcanza con la mera invocación de garantías constitucionales, sino que debe demostrarse una relación directa e inmediata entre el agravio invocado y la garantía supuestamente afectada, de modo tal que la resolución del caso dependa de la interpretación de una cláusula constitucional y no del alcance de una norma de fondo o procesal." "En efecto, el recurso aduce que la regulación procesal aquí aplicable lesiona la garantía de inviolabilidad de la defensa en juicio (art. 18 CN), pero no atina siquiera a individualizar cuál es la norma ritual que frustra el ejercicio de ese derecho ni -lógicamente
- explica por qué lo torna inoperante. Asimismo, denuncia una supuesta afectación a la garantía del juez natural, pero tampoco precisa siquiera mínimamente cómo es que las reglas que atribuyen competencia para el conocimiento y decisión del caso al fuero local desconocen ese principio."

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