INCIDENTE DE RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN AUTOS V, C. E. SOBRE 172 - ESTAFA
La querella interpuso recurso de inconstitucionalidad contra una resolución que revocó una medida cautelar penal que impedía al acusado ejercer reclamos de honorarios. La Cámara de Casación declaró inadmisible el recurso por no dirigirse contra sentencia definitiva ni equiparable a tal, al no existir gravamen de imposible reparación ulterior.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Parte querellante (empresas querellantes) Demandado: V, C. E. (acusado) Objeto del reclamo: Impugnación de una resolución de apelación que revocó una medida cautelar que prohibía al acusado iniciar, proseguir o ejecutar reclamos judiciales o extrajudiciales de honorarios contra las empresas querellantes. Decisión del tribunal: La Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal declaró NO CONCEDIDO el recurso de inconstitucionalidad por razones de inadmisibilidad formal. Fundamentos principales: "Por principio general, las resoluciones dictadas sobre medidas cautelares, ya sea que las acuerden, mantengan o denieguen, no constituyen sentencia definitiva ni pueden ser equiparadas a estas por sus efectos, dado que no causan estado ni hacen cosa juzgada material (conf. expte. n°14947/17 'UDCS c/ GCBA s/ amparo– habitacionales y otros subsidios s/ recurso de inconstitucionalidad concedido')". "El recurrente, por su parte, no ha explicado cómo es que la decisión le irroga un gravamen de imposible reparación ulterior que justifique apartarse de esa regla general, puesto que, conforme fue aclarado por la resolución impugnada, los riesgos advertidos por el recurrente pueden ser conjurados a través de otras herramientas procesales disponibles. De tal modo, el gravamen denunciado no solo es conjetural, sino que resulta susceptible de adecuada reparación por las vías procesales ordinarias en cada eventual proceso." La querella alegó vulneración de garantías constitucionales, derecho de propiedad y tutela judicial efectiva, así como arbitrariedad por aplicación analógica descontextualizada del precedente "Autoservicio Mayorista Diarco". Sin embargo, la Cámara consideró que estas cuestiones no fueron debidamente demostradas y que la falta de admisibilidad formal resultaba determinante.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: