QUEVEDO MARIA CRISTINA C/ CAJA DE JUB. SUB. Y PENS. PERS. BCO. PCIA. BS.AS S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
María Cristina Quevedo promovió acción contencioso administrativa para el reconocimiento de derechos previsionales contra la Caja de Jubilaciones del Banco de la Provincia de Buenos Aires. El Tribunal declaró la inconstitucionalidad del art. 41 de la Ley 15.008, reconociendo el derecho a un reajuste de haberes conforme a la ley anterior.
Actor: María Cristina Quevedo Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Restablecimiento del derecho a percibir una jubilación equivalente al 82% móvil y declaración de inconstitucionalidad del art. 41 de la Ley 15.008. Decisión: Se declaró la inconstitucionalidad del art. 41 de la Ley 15.008 y se ordenó el cálculo de los haberes conforme a la Ley 15.514.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La sustitución del régimen de movilidad establecido en la Ley 15.008 afecta el derecho adquirido en virtud de la aplicación de la ley de cese y resulta contrario a los arts. 10 y 31 de la Constitución Provincial." "El nuevo mecanismo de movilidad provoca un evidente menoscabo al principio de progresividad, vulnerando la garantía constitucional del derecho a la seguridad social." "Se ha producido una merma en los haberes jubilatorios, que, en la liquidación de los emolumentos del mes de diciembre de 2022, es del orden del 30% y acumulativamente supera el 40%."
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