FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ JIMENEZ ANTONIO OSVALDO S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió incidente de homologación de acuerdo de pago en proceso de apremio provincial. El Tribunal hizo lugar a la homologación del acuerdo, reconoció la firma del deudor y ordenó el levantamiento del embargo trabado.
Quién demanda: Fisco de la Provincia de Buenos Aires
¿A quién se demanda?
Jiménez Antonio Osvaldo
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Homologación judicial de acuerdo de pago celebrado en el marco de un proceso de apremio provincial, conforme lo previsto en el artículo 23 de la Ley 13.406.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar al incidente y homologó el acuerdo de pago. Específicamente:
- Tuvo por oblado el Bono Derecho Ley 8480 presentado como constancia de pago
- Reconoció la firma inserta en el acuerdo de pago
- Homologó el acuerdo con los alcances previstos en el artículo 23 de la Ley 13.406
- Fijó los honorarios de la letrada representante del Fisco en la suma de $238.038,02
- Ordenó el levantamiento de la medida cautelar (embargo) trabada en los autos
Fundamentos principales:
El Tribunal fundamentó la decisión en el reconocimiento de los elementos esenciales para la homologación: la presentación de la constancia del pago mediante Bono Derecho Ley 8480 y el reconocimiento de la firma en el acuerdo de pago. La homologación se efectuó conforme los alcances establecidos en el artículo 23 de la Ley 13.406, norma que regula los acuerdos en procesos de apremio provincial. Los honorarios fueron fijados conforme lo prescripto en los artículos 22 de la Ley 13.406 (modificado por Ley 15.016), y los artículos 2, 15, 16, 21, 22, 25 y 34 de la Ley 14.967, con más el aporte de Ley 6.716. El levantamiento del embargo se ordenó bajo la exclusiva responsabilidad del apoderado fiscal, mediante oficio que debía ser enviado a confronte previa suscripción.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: