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MUNICIPALIDAD DE LANUS C/ CURTIEMBRE ALVAREZ S.R.L. . S/ APREMIO

La Municipalidad de Lanús promovió apremio contra Curtiembre Álvarez S.R.L. por el cobro de tasa de servicios generales. El Tribunal hizo lugar a la ejecución y condenó a la demandada al pago del capital reclamado más intereses y costas.

Apremio Cobro de deuda Tasa de servicios generales Municipalidad de lanus Ejecucion Capital reclamado Intereses Costas Falta de excepciones Condemna al pago

Quién demanda: Municipalidad de Lanús

¿A quién se demanda?

Curtiembre Álvarez S.R.L.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de deuda por tasa de servicios generales, conforme certificado de deuda nº 9000356240 expedido con fecha 5 de mayo de 2023, por importe de $241.806,27 (pesos doscientos cuarenta y un mil ochocientos seis con veintisiete centavos).

¿Qué se resolvió?

El Tribunal hizo lugar a la demanda y ordenó llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada CURTIEMBRE ALVAREZ S.R.L. haga a la parte acreedora MUNICIPALIDAD DE LANUS íntegro pago del capital reclamado de $241.806,27, con más los intereses, costos y costas. Fundamentos principales de la decisión: "No habiendo la parte ejecutada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que han dejado de usar (arts. 5 Ley 9122 y 155 del CPCC)." "Por ello, conforme a lo pedido y lo dispuesto por el art. 540, 541 Y 548 del CPCC.: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada CURTIEMBRE ALVAREZ S.R.L. . haga a la parte acreedora MUNICIPALIDAD DE LANUS íntegro pago del capital reclamado de $241.806,27 (pesos docientos cuarenta y un mil ochocientos seis con veintisiete centavos), con más los intereses, costos y costas (art. 68 y 556 del CPCC), provenientes del certificado de deuda n°9000356240, adjunto a la presentación de fecha 17 de Mayo de 2023, en concepto de tasa por servicios generales expedido con fecha 5 de Mayo de 2023." "Al importe de ésta condenación se le adicionará un interés que se calculará desde el día 5 de Mayo de 2023 hasta el efectivo pago; conforme a la tasa que perciba el Banco de la Provincia de Buenos Aires, en sus operaciones a treinta días para el tipo de moneda convenida (doct. y arg. arts. 767, 768, 769 y ccs. del Digesto Civil y Comercial de la Nación)."

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