PAVON JUAN CARLOS C/ CASTRO CELESTINA DEL CARMEN Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Demanda por daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito entre dos vehículos. El Tribunal condenó a Castro Celestina del Carmen y su aseguradora Sancor al pago de $3.200.000 por responsabilidad en la colisión, rechazando la contrademanda de Castro y declarando la inconstitucionalidad sobreviniente del art. 7 de la ley 23.928 para actualizar el monto indemnizatorio.
Quién demanda: Pavón Juan Carlos, quien circulaba a bordo de un vehículo Ford Eco Sport por la calle Rawson en la localidad de Merlo.
¿A quién se demanda?
Castro Celestina del Carmen, quien conducía un vehículo Fiat Mobi por la calle Azara, y su aseguradora Sancor Cooperativa de Seguros Limitada.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por daños y perjuicios sufridos en siniestro del 18 de diciembre de 2020, incluyendo daños materiales al vehículo, desvalorización del rodado y privación de uso. Pavón reclama inicialmente $285.770.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda de Pavón y rechazó la contrademanda de Castro. Se condenó a Castro y Sancor al pago de $3.200.000 con actualización monetaria e intereses desde la fecha del hecho hasta el pago.
Fundamentos principales de la decisión:
"Tanto el art. 71 de la ley 5800 como el 57 de la ley 11.430, imponen al conductor que llegue a una bocacalle la obligación de reducir sensiblemente la velocidad y la de ceder el paso al vehículo que se presente a su derecha. Y ello es así, sin distinguir quién fue el que llegó primero a la bocacalle, siendo absoluta esa prioridad establecida legalmente, lo que no está condicionado al arribo simultáneo a la encrucijada desde que ello impondría -en el hecho
- la colocación de sensores para constatarlo." (Citando jurisprudencia de la SCBA)
El Tribunal otorgó mayor peso probatorio a los testimonios de dos testigos presenciales que declararon de forma conteste, relatando que el Ford Eco Sport iba derecho por Rawson cuando fue embestido por Castro que circulaba por Azara, sin mencionar giro alguno a la izquierda por parte de Pavón. La pericia de ingeniero mecánico no resultó concluyente en cuanto a asignación de responsabilidad.
"Tengo entonces por acreditado que el automotor conducido por CASTRO CELESTINA DEL CARMEN colisionó al automotor conducido por PAVON JUAN CARLOS que circulaba por su derecha, violando la prioridad de paso que correspondía al actor conforme art.41 de la ley 24.449 y accionando de tal manera el riesgo de la cosa que conducía."
Respecto a la indemnización, el Tribunal estableció: daños al rodado de $2.500.000 (reajustado prudencialmente desde la pericia de $2.106.116); privación de uso por 10 días de $200.000; y pérdida de valor venal de $500.000, totalizando $3.200.000.
El Tribunal declaró la inconstitucionalidad sobreviniente del art. 7 de la ley 23.928, siguiendo doctrina de la SCBA en el caso "Barrios", disponiendo que el capital de condena sea repotenciado desde la fecha de la sentencia hasta el momento del efectivo pago conforme el índice de precio consumidor publicado por el INDEC, con intereses al 6% anual desde la fecha del hecho.
Respecto a la cobertura de la aseguradora, el Tribunal rechazó la limitación de $4.000.000 consignada en la póliza, estableciendo que "la cláusula de delimitación cuantitativa del riesgo contenida en la póliza de seguro, convenida en concordancia con la normativa vigente al momento del hecho (cobertura básica obligatoria), no puede ser oponible al asegurado y a la víctima cuando la magnitud de los daños padecidos por esta última fue estimada en un tiempo actual", ordenando que responda "por hasta el monto establecido por la Superintendencia de Seguros para el seguro de responsabilidad civil voluntario al momento en que quede firme la presente."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: