CAJA DE PREVISION SOCIAL PARA ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS C/ ACOSTA MARIA FLORENCIA S/ APREMIO
La Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires promovió demanda ejecutiva por apremio contra María Florencia Acosta por la suma de $71.893,16. El Tribunal ordenó el remate y la ejecución de la acción, condenando a la ejecutada al pago del capital reclamado más intereses.
Quién demanda: Caja de Previsión Social para Abogados de la Provincia de Buenos Aires
¿A quién se demanda?
María Florencia Acosta
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de la suma de $71.893,16 derivada de una obligación que trae aparejada ejecución, más intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar a la demanda de apremio, ordenando el remate y la ejecución promovida por la actora contra María Florencia Acosta para que esta última haga el pago íntegro del capital reclamado de $71.893,16 con más los intereses previstos, hasta su efectivo pago. Se condenó a la ejecutada al pago de costas. Se difirió la regulación de honorarios conforme lo previsto por el art. 51 de la ley 8904. Fundamentos principales de la decisión: "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPCC)." "Teniendo en cuenta que el documento acompañado por la actora trae aparejada ejecución, corresponde pronunciar sentencia de remate (art. 2 ley 9122) y a partir de la mora operada desde que se hizo exigible cada uno de los períodos adeudados, correrán los intereses previstos por el art. 24 de la ley 11.625 T.O. Decreto 4771/95." El Tribunal consideró que la actora había aportado un título con aparejo ejecutivo, y ante la falta de oposición legítima de excepciones por la demandada dentro del plazo legal, correspondía dictar sentencia de remate ordenando la ejecución de lo reclamado.
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