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CORDOBILLA RAQUEL S/ SUCESION AB-INTESTATO

Tribunal ordena inscripción de declaratoria de herederos en sucesión ab-intestato de Cordobilla Raquel. Se aprueba la inscripción de tres inmuebles registrales en el Partido de Junín previa verificación de cumplimiento de requisitos técnico-registrales.

Sucesion ab-intestato Declaratoria de herederos Inscripcion registral Bienes inmuebles Junin Cargas legales Requisitos tecnico-registrales Cuit Transferencia hereditaria Dominio inmobiliario.

Quién demanda: Los herederos en la sucesión ab-intestato de Cordobilla Raquel.

¿A quién se demanda?

A la sucesión ab-intestato de Cordobilla Raquel (trámite sucesorio).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Inscripción de la declaratoria de herederos dictada el 01-07-2025, respecto de tres inmuebles ubicados en el Partido de Junín, provincia de Buenos Aires.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal ordena la inscripción de la declaratoria de herederos en relación a los tres bienes identificados, tras verificar el cumplimiento de las cargas legales establecidas en fecha 01-12-2025 y la documentación acompañada en la presentación del 12-5-2026. Fundamentos principales de la decisión: "En atención a lo pedido, estado de estos autos caratulados 'CORDOBILLA RAQUEL S/ SUCESION AB-INTESTATO' y lo que resulta de la documentación acompañada, encontrándose cumplidas las cargas legales (v. 01-12-2025) procédase a la inscripción de la declaratoria de herederos dictada el 01-07-2025 con relación a los bienes que se describen a continuación..." El Tribunal establece condiciones técnico-registrales obligatorias para la expedición de la documentación por parte de la Actuaria, citando expresamente: DTR. Nº 11/99 (un oficio por bien); DTR. Nº 5/97 (datos completos de herederos: nombre, apellido, tipo y número de DNI, estado civil, domicilio real y fiscal); DTR. Nº 3/92 (expresión en fracciones de la proporción a inscribir por cada heredero); Instructivo Nº 15/97 (determinación del bien con medidas, linderos, superficie, nomenclatura catastral); y Res. SCJBA. Nº 432 (incorporación de CUIT, CUIL, CDI de todos los herederos conforme al decreto Nº 387/00). La inscripción se ordena respecto de: a) Matrícula 30302, Partido de Junín, Nomenclatura catastral Circ. 1, Secc: S, Mza: 21, Parc. 1, Subparc. 1-Pda: 39166-1; b) Matrícula 30302, Partido de Junín, Nomenclatura catastral Circ. 1, Secc: S, Mza: 21, Parc. 1, Subparc. 2-Pda: 61933-6; c) Matrícula 891/61, Partido de Junín, Nomenclatura catastral Circ. 1, Secc: K, Mza: 24, Parc. 20A, Subparc. 11-02. U.F.: 61-Pda: 51131.

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