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CIMINARI MÁXIMO C/ CLAVERA IGNACIO S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

El tribunal homologó el convenio de pago celebrado entre las partes en un proceso por daños y perjuicios derivados de accidente automovilístico. Se regularon los honorarios de abogados, mediador y peritos, reconociendo la voluntad expresa de las partes y otorgando eficacia de cosa juzgada al acuerdo.

Homologacion de convenio Danos y perjuicios Accidente automovilistico Regulacion de honorarios Cosa juzgada Mediacion Voluntad de las partes Acuerdo de pago Arancelamiento profesional Primera instancia

Quién demanda: Ciminari Máximo

¿A quién se demanda?

Clavera Ignacio (citada en garantía una aseguradora)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios derivados de accidente automovilístico con lesiones o muerte

¿Qué se resolvió?

El Tribunal homologó el acuerdo de pago celebrado entre las partes y reguló los honorarios de profesionales intervinientes (abogados, mediador y peritos), estableciendo las sumas a abonar y los plazos para su pago. Fundamentos principales de la decisión: "Que el convenio que se pretende se homologue representa la voluntad expresa de las partes en los términos del art. 262 del CCyC, no apareciendo en forma manifiesta vicios dirigidos a la voluntad o al acto mismo celebrado por éstas. Por ello, a los fines que las partes puedan gozar de los beneficios de la cosa juzgada, y de conformidad con lo normado por el art. 309 del CPCC, homológase el acuerdo de pago celebrado entre la actora y la citada en garantía." Respecto a los honorarios del mediador, el Tribunal aplicó el criterio sentado por la Cámara de Apelaciones Departamental en autos "Laguilhon Carlos Javier c/ Coppa María Natalia s/ Daños y Perjuicios", reconociendo que "los jueces se encuentren dotados de facultades morigeradoras de los emolumentos de los profesionales intervinientes cuando la aplicación de la leyes locales condujeran a una inequitativa desproporción entre el honorario y la importancia de la labor cumplida." Regulaciones establecidas:
- Abogada Dra. Alejandro Gabriel Huarte (actora): 88,92 JUS + 10% ley 6.716
- Abogado Dr. Víctor Andrés Rivera (demandada y citada en garantía): 62,2 JUS + 10% ley 6.716
- Mediador Dr. Edgardo Fabián González: 31,31 JUS + 10% aportes previsionales
- Peritos (Claudia Marcela Durante; Juan Ignacio Tizi; Alberto Raúl Mac Donnell): $770.000,00 cada uno + aportes previsionales
- Tasa de justicia: $486.662,10
- Contribución: $24.333,10
- Plazo para acreditar pago: 5 días (art. 21 ley 6.716)

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