MUNICIPALIDAD DE MORENO C/ B. D. R. Y OTRO/A S/ APREMIO
La Municipalidad de Moreno promovió ejecución contra Domingo Rubén Bauza por cobro de deuda municipal. El Tribunal hizo lugar al apremio ordenando llevar adelante la ejecución por la suma de $1.513.198,47 más intereses conforme a ordenanzas vigentes.
Quién demanda: Municipalidad de Moreno
¿A quién se demanda?
Domingo Rubén Bauza
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de deuda municipal por la suma de PESOS UN MILLON QUINIENTOS TRECE MIL CIENTO NOVENTA Y OCHO CON 47/100 ($1.513.198,47), conforme certificado expedido por el Municipio actor acompañado con fecha 9/12/2025.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hizo lugar a la demanda de apremio, ordenando llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada Domingo Rubén Bauza haga íntegro pago a la Municipalidad de Moreno. Fundamentos principales de la decisión: "No habiendo la demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPC)." "Sin perjuicio de lo proveído en la apertura del presente proceso, en atención a lo decidido por la Excma. Cámara de Apelaciones con fecha 19 de Octubre de 2020 en los autos caratulados 'MUNICIPALIDAD DE MORENO C/ EMPRENDIMIENTOS LOS ROBLES S.A. Y OTRO/A S/ APREMIO' Expte N°MG26881/19, lo cual dejando a salvo mi opinión, por razones de economía procesal ha motivado un cambio de criterio del Infrascripto, y conforme lo normado por el art. 5 de la dto.-ley 9122/78 y 529 del C.P.C.C., ha de tomarse en cuenta el capital reclamado por la suma que resulta del certificado expedido por el Municipio actor acompañado con fecha 9/12/2025 en las condiciones allí referidas." "Por ello, conforme lo pedido, lo dispuesto en la Ley 13.406 y en los artículos 540 y 549 del Cód. Proc. FALLO esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada DOMINGO RUBEN BAUZA haga íntegro pago a la accionante, MUNICIPALIDAD DE MORENO del capital reclamado de PESOS UN MILLON QUINIENTOS TRECE MIL CIENTO NOVENTA Y OCHO CON 47/100 ($1.513.198,47), a dicho monto se le aplicará los intereses conforme lo establecido por las ordenanzas municipales vigentes (Arts. 9 y 10 de la ley 13.406)." Se imponen las costas de la ejecución a la demandada vencida conforme a los artículos 68 y 556 del Código Procesal. Se difiere la regulación de honorarios para su oportunidad.
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