MIGNOGNA ROCIO BELEN C/ MUÑOZ MARÍA EUGENIA Y SENTELL MARÍA CRISTINA S.H. Y OTROS S/ DESPIDO
La actora demandó por despido a la empleadora. El Tribunal homologó la conciliación arribada por las partes, considerando que respeta los derechos del trabajador y no afecta disposiciones de orden público.
Quién demanda: Mignogna Rocío Belén
¿A quién se demanda?
Muñoz María Eugenia; Sentell María Cristina y otros
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por despido y rubros conexos derivados de la relación laboral
¿Qué se resolvió?
El Tribunal homologó la conciliación arribada por las partes en todas sus partes, reguló los honorarios de los letrados patrocinantes y del perito contador, e intimó al demandado a depositar las costas de justicia correspondientes. Fundamentos principales de la decisión: El Juez Carlos Mariano Núñez expresó: "Atento que lo pactado libremente por las partes, cumple con los recaudos legalmente exigibles para alcanzar una justa composición de los intereses de las mismas, toda vez que no implica renuncias a derechos del trabajador que se supongan reconocidos por el demandado en autos, ni afecta disposiciones de orden público en vigencia, soy de opinión favorable a homologarlo en todas sus partes, en cuanto involucra la totalidad de los rubros reclamados y acuerdo sobre las costas ocasionadas (arts. 15, ley 20.744 t.o.; 1641, 1643 y ccs. del C.C. y C. de la Nación; 73 y concs. del CPCC; 24, 30 y 89, ley 15.057)." Los jueces Orsini y Escobares votaron por idénticos conceptos en igual sentido, lográndose unanimidad en la homologación del acuerdo transaccional. El Tribunal reguló los honorarios de los letrados Leandro Nery y Matías Rogelio Calonje en 103,61 IUS para cada uno, más aportes previsionales y devolución de IVA. Los honorarios del perito contador Pablo Hernán Culín fueron regulados en un millón doscientos mil pesos ($1.200.000) con sus correspondientes aportes.
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