CEJAS HUGO MARCELO C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE IN-ITINERE
El Tribunal homologó el acuerdo transaccional celebrado entre el trabajador y la aseguradora de riesgos del trabajo en un accidente in-itinere. La decisión se sustentó en que el acuerdo reúne los requisitos legales y constituye una justa composición de derechos e intereses de las partes.
Quién demanda: Cejas Hugo Marcelo
¿A quién se demanda?
Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por accidente de trabajo in-itinere
¿Qué se resolvió?
El Tribunal homologó el acuerdo transaccional presentado por las partes conforme lo establecido en el artículo 15 de la Ley de Contrato de Trabajo, impuso costas a la parte demandada y reguló honorarios profesionales. Fundamentos principales de la decisión: El Dr. Budnik sostuvo: "En el acuerdo transaccional al que arriban las partes para poner fin al pleito, concurren los requisitos exigidos por la ley para su validez y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las mismas, conforme se los planteara en la controversia sometida a decisión del Tribunal y al estado actual de las presentes actuaciones. Consecuentemente, correspondería homologar el mismo (art.15 L.C.T.) regulando los honorarios de los profesionales intervinientes e imponiendo las costas a la parte demandada." Los Dres. Saccardo y Rinaldi votaron por análogas consideraciones, resultando unánime la decisión. En consecuencia, el Tribunal ordenó: homologación del acuerdo conforme artículo 15 L.C.T.; imposición de costas a la demandada (arts. 24 y 26 Ley 15.057); regulación de honorarios profesionales al Dr. Krell Dan Ammiel en la suma de $840.000 (16,88 JUS) y al Dr. Trezza Silva Santiago Alberto en idéntica suma, más el 10% e IVA si correspondiere; y dispuso que las prestaciones dinerarias sean depositadas en la cuenta sueldo del trabajador conforme ley 27.348, requiriendo que el demandado acredite la efectivización de las transferencias bajo apercibimiento de ejecución.
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