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MIRANDA PRISCILA AILEN C/ VALDEZ NERINA ELIZABETH S/ DESPIDO

Miranda Priscila Ailen promovió demanda por despido contra Valdez Nerina Elizabeth. El Tribunal del Trabajo Nº 1 de La Plata homologó la conciliación arribada por las partes, condenando en costas a la demandada.

Acuerdo extrajudicial Costas procesales Regulacion de honorarios Orden publico Derecho laboral Despido Derechos del trabajador Homologacion de conciliacion Tribunal del trabajo. Justa composicion de derechos

Quién demanda: Miranda Priscila Ailen

¿A quién se demanda?

Valdez Nerina Elizabeth

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reparación por despido

¿Qué se resolvió?

El Tribunal homologó la conciliación arribada por las partes en todas sus partes, en cuanto involucra la totalidad de los rubros reclamados y acuerdo sobre las costas. Se condenó a la demandada al pago de honorarios profesionales y costas procesales. Fundamentos principales de la decisión: "Atento a que lo pactado libremente por las partes, que informa el escrito presentado, cumple con los recaudos legalmente exigibles para alcanzar una justa composición de los derechos e intereses de las mismas, toda vez que no implica renuncias a derechos del trabajador que supongan derechos reconocidos por el empleador en autos, ni afectan disposiciones de orden público en vigencia, soy de opinión favorable de homologarlo, en todas sus partes, en cuanto involucra la totalidad de los rubros reclamados y acuerdo sobre las costas ocasionadas." La Dra. Stella Maris Marcasciano fundamentó la homologación en que el acuerdo conciliatorio celebrado por las partes cumple con los recaudos legalmente exigibles conforme a los artículos 15 de la Ley 20.744, 1641 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación, y artículos 73, 160, 162 y concordantes del Código Procesal Civil y Comercial, no implicando renuncias a derechos del trabajador que supongan derechos reconocidos por el empleador ni afectando disposiciones de orden público. Se regularon honorarios profesionales en 18.090 IUS equivalentes a $900.000 para cada letrado interviniente (Dr. Shepherd Alan David por la parte actora y Dra. Orbea María Eugenia por la parte demandada), incrementables con porcentajes legales e IVA. Se intimó a la demandada al depósito de tasas retributivas de servicios judiciales por $99.000 y contribución del 5% por $4.950, bajo apercibimiento de remisión de antecedentes a las dependencias administrativas correspondientes.

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