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SUAREZ BRAIAN EZEQUIEL C/ BAUER ALBERTO DANIEL S/ DESPIDO

El actor promovió demanda por despido contra su empleador. El Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes por la suma de $1.800.000, considerando que constituye una justa composición de derechos e intereses y no vulnera principios de orden público.

Costas Indemnizacion Honorarios profesionales Cosa juzgada Derecho laboral Despido Conciliacion Homologacion de acuerdo Justa composicion Rubros litigioso

Quién demanda: SUAREZ BRAIAN EZEQUIEL

¿A quién se demanda?

BAUER ALBERTO DANIEL

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por despido y rubros laborales conexos (acción de nulidad de despido con indemnización).

¿Qué se resolvió?

El Tribunal homologó el convenio suscripto entre las partes por la suma de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS MIL ($1.800.000), conforme las pautas establecidas respecto al monto y forma de pago, con costas a cargo de la demandada. Se rechó el pedido de eximición del pago de tasa de justicia. Fundamentos principales de la decisión: El Dr. Diéguez sostuvo: "Que el acuerdo celebrado entre las partes no vulnera ningún principio de orden público, constituyendo una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional, conforme lo dispuesto en el art. 15 de la LCT, y por cuanto la relación laboral invocada por el accionante ha sido expresamente negada por el accionado; por lo que los rubros reclamados en autos son de carácter litigioso de difícil probanza." Agregó el tribunal: "Que siendo entonces la conciliación uno de los modos posibles de finalizar el juicio (conf. art. 309 CPCC), considero que corresponde homologar el convenio arribado entre las partes." En la resolución final se consigna: "Que se ajusta a derecho el convenio celebrado entre las partes" y se resolvió homologar el acuerdo de conformidad con lo establecido en el art. 30 de la ley del fuero, que faculta a las partes a conciliar el juicio mediante presentación escrita del acuerdo para su homologación, produciéndose los efectos de cosa juzgada. Se regularon honorarios a los abogados intervinientes: Doctor JUAN PABLO KEEGAN por $360.000 más adicional de ley; Doctores ROBERTO ESTEBAN BIGLIANI y MANUEL CEJAS por 2,5 JUS cada uno; y Doctora MARÍA CELESTE KISSNER por 1 JUS, todos con más adicional de ley.

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