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NICOLINO ANGELA S/ SUCESION AB-INTESTATO

El Tribunal declaró herederos de Angela Nicolino a sus dos hijos, Felipa Antonieta Colloca y José Alberto Colloca, conforme los requisitos legales de sucesión ab-intestato fueron debidamente acreditados y publicados.

Codigo civil y comercial Proceso sucesorio Fallecimiento Declaratoria de herederos Herederos legitimos Sucesion ab-intestato Publicacion de edictos Linea sucesoria descendiente Conyuge premuerto

Quién demanda: Sucesión de Angela Nicolino (tramitada de oficio por el Juzgado en lo Civil y Comercial Nº14 de Mar del Plata).

¿A quién se demanda?

No corresponde (proceso sucesorio).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaratoria de herederos de Angela Nicolino, fallecida el 19 de marzo de 2023.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal declaró que suceden a la causante Angela Nicolino, en carácter de herederos, sus hijos Felipa Antonieta Colloca y José Alberto Colloca, cesando la intervención del Agente Fiscal. Fundamentos principales de la decisión: "Que con el certificado acompañado digitalmente con fecha 10/03/2025, se acredita el fallecimiento de ANGELA NICOLINO ocurrido el día 19 de marzo de 2023 en esta ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires. Que con el certificado acompañado al escrito de inicio, se acredita el matrimonio de la causante con JOSÉ COLLOCA celebrado el día 2 de abril de 1959 en Caseros, Partido de General San Martín, Pcia de Buenos Aires." "Que con los certificados adunados a la presentación señalada precedentemente, se acredita el nacimiento de los hijos del matrimonio: FELIPA ANTONIETA COLLOCA y JOSE ALBERTO COLLOCA, ocurrido el día 18 de enero de 1960 y 21 de diciembre de 1962, respectivamente." "Que el plazo resultante de tal publicación se encuentra vencido, según lo certificara el Actuario. Que obran oficios debidamente informados por el Registro de Juicios Universales, al Registro de Testamentos y la constancia negativa de beneficio extraída de la página web del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires. Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto en los Arts. 2424 y 2426 del Código Civil y Comercial de la Nación y Arts. 735, 737 y concordantes del C.P.C.C. DECLARO: 1ro.) Que en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio del derecho de terceros, por fallecimiento de ANGELA NICOLINO le suceden en carácter de herederos sus hijos FELIPA ANTONIETA COLLOCA y JOSÉ ALBERTO COLLOCA."

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