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VAN DER TUIN JORGE RENE C/ SALVI JULIO S/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS CIVILES/COMERCIALES

El actor demandó el cumplimiento de contrato de permuta de vehículos por $ 999.700, reclamando la entrega de una camioneta NAKAI y cubiertas. El Tribunal rechazó la demanda respecto de la entrega del vehículo por defectos procesales y contradicciones en la pretensión, pero condenó al demandado a entregar cuatro cubiertas usadas en el plazo de diez días.

Costas Incumplimiento contractual Sucesion Cumplimiento de contrato Transferencia de dominio Defectos procesales Permuta de vehiculos Formulario 08 caducado Cubiertas usadas Interpretacion de buena fe.

Quién demanda: Jorge René Van Der Tuin

¿A quién se demanda?

Julio Federico Salvi

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cumplimiento de contrato de permuta celebrado el 19 de diciembre de 2022, por el cual el actor vendía una camioneta Volkswagen Saveiro (dominio BXP-065) y el demandado debía entregar una camioneta pick up marca NAKAI SC 1010 (dominio DFI-577), tres baterías de litio y cuatro cubiertas 205/75/16 usadas. El precio pactado fue de $ 1.000.000. El actor alegaba haber cumplido pero que el demandado incumplió en la entrega del vehículo y las cubiertas.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda, rechazando la pretensión de entrega del vehículo NAKAI y condenando al demandado a entregar las cuatro cubiertas 205/75/16 usadas en el término de diez días de firme la sentencia, con costas. Fundamentos principales de la decisión: El Tribunal destacó que "más allá de la redacción del contrato y las ambiguas manifestaciones de las partes, no existen dudas del incumplimiento por parte del demandado." Sin embargo, respecto de la entrega del vehículo, el tribunal observó graves defectos procesales y contradicciones en la demanda. El Tribunal señaló: "La actora aduce que no puede llevarla adelante [la transferencia] por el fallecimiento del titular registral, respecto de lo cual no indica la fecha de dicho hecho, aunque acompaña junto a su demanda el formulario 08 firmado por el causante con firma certificada de fecha 15/may/2013. Claramente, aunque no se dice en la demanda, al no encontrarse el referido documento 'cerrado', es decir con la firma certificada del comprador el mismo ha caducado con el fallecimiento del titular registral." El tribunal concluyó que "las contradicciones son tantas, la falta de prueba es tan grosera que en este punto la demanda no puede ser admitida, ni por la entrega del camión ni por el perfeccionamiento de la transferencia, ello por la forma en que se ha constituido el pleito de manera extrajudicial y de la manera en que se lo ha exteriorizado en la demanda." Respecto de las cubiertas, el Tribunal confirmó el incumplimiento del demandado: "el demandado no ha logrado la confirmación procesal de que haya cumplido con la totalidad de las prestaciones a su cargo, especialmente que haya entregado las cubiertas referidas en el contrato." En consecuencia, condenó al demandado a su entrega en el plazo de diez días.

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