BANCO INDUSTRIAL S.A. C/ BALDERRAMA CARLOS LUIS S/ COBRO EJECUTIVO
El Tribunal decretó la caducidad de instancia en un juicio ejecutivo promovido por Banco Industrial S.A. contra Carlos Luis Balderrama por inactividad procesal de más de tres meses. La decisión se fundó en el abandono de la instancia por parte del actor y la aplicación de la caducidad como sanción por desinterés en el proceso.
Quién demanda: Banco Industrial S.A.
¿A quién se demanda?
Carlos Luis Balderrama
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Objeto de cobro ejecutivo (no especificado en la sentencia el monto o detalle de la obligación)
¿Qué se resolvió?
El Tribunal decretó la caducidad de la instancia, impuso las costas al actor y diferió la regulación de honorarios para una vez firme el decisorio. Fundamentos principales de la decisión: "Es menester recordar que la caducidad de instancia es un instituto procesal de orden público, cuyo fundamento objetivo es la inactividad por un tiempo determinado de los litigantes, quienes ante el desinterés demostrado tienen su sanción. Ello estriba en la necesidad de evitar la duración indefinida de los procesos judiciales atentatoria a los valores jurídicos de paz y seguridad a cuya vigencia apunta su recepción normativa." El Tribunal constató que desde la última actuación que impulsó el proceso (20/02/2024) hasta la fecha de resolución (25/03/2026) había transcurrido un plazo superior a tres meses, configurándose así la caducidad prevista en el artículo 310 inciso 3° del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires. La sentencia cita doctrina que señala: "La ley 13.986 incorporó el supuesto de caducidad por reincidencia en la omisión de impulsar la instancia. Si quien fue requerido a pronunciarse sobre el interés en el proceso y a materializar un acto de impulso luego lo abandonare por idéntico período podrá sufrir una caducidad en su contra a pedido de parte o decidida de oficio por el Juez."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: