AVALOS MARINA NOELIA S/ S/ DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA
Se revisa la sentencia sobre determinación de capacidad jurídica de Marina Noelia Avalos mediante sistema de apoyos. El Tribunal confirma la necesidad de asistencia para actos de administración, disposición y decisiones sobre salud, designando como apoyo a la Curadora Oficial Dra. Lorena Raquel Sarquis.
Quién demanda: No hay demandante. Se trata de un proceso de revisión de oficio sobre determinación de capacidad jurídica. A quién se dirige: Marina Noelia Avalos (DNI 34951115) Objeto de la demanda: Revisión de la sentencia anterior respecto de la determinación de la capacidad jurídica y el sistema de apoyos designado, conforme art. 40 del Código Civil y Comercial de la Nación.
¿Qué se resolvió?
Se confirma el sistema de apoyos para Marina Noelia Avalos, manteniendo como apoyo principal a la Curadora Oficial Dra. Lorena Raquel Sarquis, quien actuará en forma conjunta con el personal de la institución Renacer, el personal de la pensión Marita Ríos y su acompañante terapéutica Daiana Herrera. Se establecen límites específicos en: actos de administración, actos de disposición (compra o venta de bienes), administración de medicación, control médico, trámites administrativos y decisiones sobre salud o tratamientos. Fundamentos principales de la decisión: "En tal labor quiero dejarte en claro a MARINA NOELIA que la capacidad jurídica es la regla general y que lo que aquí se decide se basa en escucharla, respetar su voluntad y establecer apoyos adecuados en beneficio de su persona. También que si aquí se establecen límites puntuales para algunos actos, son siempre en función del cuidado y bienestar de su persona." "Observo que los médicos al momento de evaluarte el 13 de Mayo de éste año concluyeron que tenés un grupo de personas que te apoyan y te ayudan, el que está formado principalmente por la Curadora Oficial, contando además con el personal de la pensión en la que habitas y los profesionales de la institución a la que concurrís. Dijeron también que es conveniente seguir con los apoyos que tenés para algunos actos y que es importante que estés bajo un sistema que te brinde apoyo y supervisión." "Analizadas que son así estas nuevas constancias de autos según los arts. 31, 32, 37, 38, 43, 103 y 707 del CCyCN, considero en total conformidad con las conclusiones del Equipo Técnico que es bueno que tengas personas que te ayuden y te cuiden, por eso podes continuar con los apoyos que tenés." El Tribunal destaca que la revisión se realizó mediante evaluación médica (13 de mayo), visitas personales al domicilio de la causante en tres oportunidades durante el año anterior y nuevamente el 22 de mayo de 2026, así como visitas a la institución Renacer, lo que permitió verificar personalmente su estado actual, su relación con el personal de apoyo y sus actividades cotidianas. "Dejo ordenada nuevamente la revisión de la sentencia dentro de un plazo no superior a tres años (art. 12 Convención Internacional Derechos de las Personas con Discapacidad, art. 40 del CCyCN), momento en el cual te vamos a evaluar nuevamente MARINA NOELIA."
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