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SUAREZ UBALDO RAMON C/ VARELA HECTOR RAUL S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

El tribunal se inhibe de entender en un incidente por daños y perjuicios por incumplimiento contractual. La decisión se funda en la accesoriedad del proceso respecto de los autos principales radicados ante otro juzgado.

Danos y perjuicios Incumplimiento contractual Competencia Incidente Proceso civil Radicacion Inhibicion Juzgado de primera instancia Accesoriedad procesal Articulo 6 inciso 5 cpcc

Quién demanda: Suárez Ubaldo Ramón

¿A quién se demanda?

Varela Héctor Raúl

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios por incumplimiento contractual (con exclusión del Estado)

¿Qué se resolvió?

El tribunal se inhibe de entender en las presentes actuaciones y remite los autos al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 4 Departamental, donde tramitan los autos principales. Fundamentos principales: "Atento lo informado por la Actuaria; toda vez que los autos principales caratulados: 'SUAREZ UBALDO RAMON c/ VARELA HECTOR RAUL s/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)' se encuentran en tramite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 4 Departamental y en virtud de la accesoriedad del presente proceso respecto del referido, me inhibo de entender en las presentes actuaciones (art. 6 inc. 5 del CPCC)." La decisión se sustenta en el principio de accesoriedad procesal, por el cual un incidente debe ser conocido por el mismo tribunal que entiende en el proceso principal. Al encontrarse los autos principales radicados ante otro juzgado, corresponde remitir estos actuados a esa jurisdicción.

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