F.J.A. s/ habeas corpus
Se interpuso una acción de habeas corpus por parte de un interno solicitando su libertad condicional tras iniciar una huelga de hambre. El tribunal declaró la improcedencia de la acción y remitió el caso al Juzgado de Ejecución Penal correspondiente para el seguimiento de su estado de salud.
¿Quién es el actor?
J.A.F.
¿A quién se demanda?
Juzgado de Ejecución Penal N° 8
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Habeas corpus por libertad condicional
¿Qué se resolvió?
SE RECHAZA
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal consideró que la acción de habeas corpus era improcedente, ya que no cumplía con los requisitos establecidos en la normativa provincial, específicamente el artículo 25 del Código Procesal Constitucional. Se destacó que el habeas corpus no puede sustituir a los jueces competentes y que existen otros cauces para tratar la solicitud del interno, quien además no acreditó un supuesto que justifique la procedencia de esta vía excepcional.
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