D., J. A. s/ abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado por el vinculo y por ser encargado de la guarda de la victima menor de dieciocho años-apelación sentencia condena prisión efectiva-
La Corte Suprema rechazó la queja de la Fiscalía contra la denegación de un recurso de inconstitucionalidad que cuestionaba la absolución de un imputado por abuso sexual agravado, por falta de argumentación idónea para demostrar gravedad institucional en la valoración probatoria.
Actor: Fiscal Adjunta de la Unidad de Género del Ministerio Público de la Acusación (tercera Circunscripción, Provincia de Santa Fe) Demandado: D., J.A. (imputado en causa penal por abuso sexual) / Tribunal de Alzada (Colegio de Jueces de Cámara de Apelación en lo Penal) Objeto: Recurso de inconstitucionalidad contra sentencia de alzada que revocó condena por abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado (por vínculo y por ser encargado de la guarda) y dispuso la absolución del acusado. Decisión: SE RECHAZA la queja interpuesta ante la Corte Suprema.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte sostuvo que la Fiscalía no cumplió con el requisito impuesto por el artículo 8 de la Ley 7055, que exige refutar idóneamente los fundamentos del auto denegatorio. El Tribunal de Alzada había rechazado el recurso de inconstitucionalidad al considerar que las críticas de la acusación constituían una mera "discrepancia respecto de la utilidad cargosa asignada por los Jueces de segunda instancia a la información aportada", cuestión ajena a la instancia extraordinaria. La Corte sostuvo que "la presentante con sus alegaciones no demuestra que los Sentenciantes hubieran soslayado examinar el caso conforme los estándares interpretativos que menciona en su libelo recursivo" y que "resultan insuficientes las afirmaciones generales sobre posibles afectaciones a derechos de orden superior si no se encuentran acompañadas de adecuados desarrollos argumentales". El tribunal aclaró que aunque la Fiscalía pueda no compartir la conclusión absolutoria, esta es resultado del criterio de selección y valoración probatoria que corresponde a los jueces de la causa, sin exhibir "manifiesta arbitrariedad" que descalifique lo decidido como acto jurisdiccional.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: