M., J. I. s/ abuso sexual con acceso carnal y lesiones leves dolosas calificadas por la relación de pareja en concurso real en carácter de autor-
La Corte rechaza la queja contra la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa de J.I.M., condenado como autor de abuso sexual con acceso carnal y lesiones leves calificadas por relación de pareja. El tribunal confirma que la defensa no logró atacar adecuadamente los
¿Quién es el actor?
Defensa de J.I.M.
¿A quién se demanda?
Estado (Tribunal de Apelación en lo Penal de la Segunda Circunscripción Judicial)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación mediante queja por denegatoria de recurso de inconstitucionalidad contra sentencia condenatoria por abuso sexual con acceso carnal y lesiones leves dolosas calificadas por relación de pareja, con alegatos de arbitrariedad, deficiente valoración probatoria e irracionalidad de la pena.
¿Qué se resolvió?
RECHAZA la queja
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte sostiene que conforme la ley 7055, quien presenta queja directa ante este tribunal debe atacar específicamente los argumentos en que se sustentó la denegatoria del Tribunal de Alzada. La defensa incumplió esta carga procesal al limitarse a rechazar genéricamente sus planteos mediante "aseveraciones dogmáticas" sin demostrar arbitrariedad real. El Tribunal de Apelación —en su auto 387— había analizado exhaustivamente: (a) la modificación en el discurso de la víctima, explicando cómo el contexto de violencia de género y vulnerabilidad incidió en ello; (b) la compatibilidad de las lesiones vulvares con acceso carnal no consentido según pericia médica; (c) las lesiones en muslo, región lumbar y glúteo como "casi imposible de ser autoinfligidas"; (d) que la versión del imputado fue valorada pero no de la forma que pretendía la defensa; (e) que la determinación de la pena es privativa de los jueces de mérito salvo supuestos excepcionales no acreditados. Estos argumentos no fueron desvirtuados idóneamente por la defensa en su presentación directa.
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