Arrieta, Hernán Jorge c/ Liderar ART S.A. s/ queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad
Prevención A.R.T. S.A. cuestionó la declaración de caducidad de instancia recursiva en un proceso laboral, alegando arbitrariedad. La Corte Suprema de Santa Fe rechazó el recurso de inconstitucionalidad por falta de sustancia constitucional y confirma que la caducidad se configuró correctamente.
Actor: Prevención A.R.T. S.A. (en su carácter de Gerenciadora del Fondo de Reserva) Demandado: Sala Primera de la Cámara de Apelación en lo Laboral de Santa Fe (en el recurso de inconstitucionalidad) Objeto: Cuestionamiento por inconstitucionalidad de la resolución nro. 256 que confirmó la caducidad de la instancia recursiva en autos "Arrieta, Hernán Jorge c/ Liderarart S.A.", alegando violación del derecho a la jurisdicción y arbitrariedad en la fundamentación. Decisión: SE RECHAZA
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte estableció que si bien las cuestiones procesales resultan en principio ajenas al recurso de inconstitucionalidad, en este caso la decisión adquirió el carácter de definitiva pues puso fin al pleito. Sin embargo, rechazó la queja por considerarla un mero disenso sin entidad constitucional. La Corte sostuvo que "el único acto que efectivamente produce la interrupción del plazo de caducidad de los recursos es la elevación del expediente a la Sala, carga procesal que incumbe con exclusividad al recurrente". En el caso, transcurrió más de un año desde el último acto de impulso (14.4.2023) hasta la elevación solicitada (31.5.2024) sin actos idóneos que interrumpieran la caducidad. La impugnante no rebatió suficientemente que entre el último impulso y la declaración de caducidad hubiera transcurrido el plazo de perención. La Corte concluyó que los argumentos desarrollados no demostraban arbitrariedad lesiva de garantías constitucionales, sino solo "disconformidad con lo decidido".
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