Netri, Ricardo Juan c/ Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe y otros s/ recurso de inconstitucionalidad (concedido por la Cámara)
Ricardo Netri cuestionó que el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la Provincia tuviera efecto suspensivo en lugar de devolutivo en su amparo contra descuentos previsionales, pero la Corte rechazó el planteo confirmando que el artículo 9 de la ley 7055 establece como regla la suspensión
Actor: Ricardo Juan Pedro Netri Demandado: Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe y la Provincia de Santa Fe Objeto: Determinación del efecto del recurso de inconstitucionalidad concedido (efecto devolutivo vs. suspensivo) en el contexto de una acción de amparo contra descuentos por "aporte solidario" en haberes previsionales conforme ley 14283. Decisión: SE RECHAZA el planteo del amparista.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte aplicó el artículo 9 de la ley 7055, que establece como regla que "la concesión del recurso de inconstitucionalidad suspende la ejecución de la decisión impugnada". Aunque Netri invocó que el artículo 13 de la ley 10456 exigía amoldar las reglas del recurso a las urgencias del amparo, la Corte interpretó que esta disposición implica una "orientación legal destinada primordialmente a conseguir la celeridad del trámite procesal" pero no abarca el efecto de la concesión del recurso extraordinario. La Corte aplicó criterios de especialidad normativa y remisión supletoria: el legislador modificó expresamente el efecto de concesión de la apelación (art. 10, ley 10456) pero no lo hizo para el recurso de inconstitucionalidad, por lo que se presume que mantiene el régimen de la ley 7055. Además, siendo el recurso de inconstitucionalidad una vía extraordinaria y excepcional, sus modificaciones deben interpretarse restrictivamente.
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