Ortigala, Rodrigo s/ extorsión en grado de tentativa-
La Corte Suprema rechazó la queja interpuesta contra la denegación del recurso de inconstitucionalidad, confirmando la condena de Ortigala por extorsión en grado de tentativa a un año y medio de prisión efectiva, al no verificarse vicios constitucionales que habiliten revisión extraordinaria.
Actor: Defensa de Rodrigo Ortigala Demandado: Estado (vía recurso de inconstitucionalidad contra sentencia de Cámara de Apelación en lo Penal) Objeto: Recurso de inconstitucionalidad contra sentencia que confirmó condena por extorsión en grado de tentativa (art. 168 en función del 42 y 46, C.P.), invocando arbitrariedad en la valoración de prueba, insuficiencia de certeza, falta de análisis de estado de necesidad exculpante y defectuosa fundamentación de la pena. Decisión: SE RECHAZA
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte Suprema desestimó la queja por no advertir cuestión constitucional alguna. Sostuvo que la defensa reitera agravios ya evaluados y descartados por la Alzada con "adecuada motivación", sin lograr demostrar vicios con entidad constitucional. En particular, la Cámara realizó ponderación propia del material de convicción, detallando "el cúmulo de indicios a partir de los cuales entendían que se había acreditado una connivencia previa entre los coimputados", aplicando correctamente reglas de sana crítica. La Corte enfatizó que "la presentante reedita en similares términos los agravios expresados en las instancias ordinarias", quedando sus postulaciones reducidas "a la mera discrepancia con lo resuelto por los Jueces de la causa en el ejercicio de funciones propias, que no corresponde revisar a esta Corte cuando, como en el caso, se han satisfecho los estándares de razonabilidad y motivación exigidos". Respecto del estado de necesidad exculpante, la sentencia fue abordada por la Cámara. En cuanto a la pena, la Alzada convalidó la aplicación correcta de reglas de mensuración, advirtiendo "profusa justificación" en el pronunciamiento.
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