CENTRAL TERMICA SORRENTO c/ FEIJOO, DIEGO s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Central Térmica Sorrento S.A. demandó la inexistencia de una deuda y la nulidad de una condena impuesta en un juicio de apremio. La Corte Suprema de Justicia de la Provincia rechazó el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la actora, confirmando la existencia de cosa juzgada.
¿Quién es el actor?
Central Térmica Sorrento S.A.
¿A quién se demanda?
Diego Hernán Feijoo
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaración de inexistencia de deuda y nulidad de condena en juicio de apremio.
¿Qué se resolvió?
SE RECHAZA
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte consideró que la actora no planteó la inexistencia de la deuda en el juicio de apremio, lo que implicó un reconocimiento tácito de la obligación. Se destacó que el artículo 508 del Código Procesal Civil y Comercial permitía plantear la extinción de la obligación en el apremio, pero la actora no lo hizo, por lo que se configuró cosa juzgada.
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