DALPRA JORGE OMAR C/ BAYERSAT S.A. S/ DESPIDO
Actor demandó por despido a la empresa demandada. El Tribunal homologó el acuerdo transaccional presentado por las partes, regulando honorarios profesionales e imponiendo costas a la demandada conforme art. 15 L.C.T.
Quién demanda: DALPRA JORGE OMAR
¿A quién se demanda?
BAYERSAT S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Despido (materia laboral)
¿Qué se resolvió?
El Tribunal homologó el acuerdo transaccional presentado por las partes para poner fin al litigio, regulando los honorarios de los profesionales intervinientes e imponiendo las costas a la parte demandada.
Fundamentos principales de la decisión:
El Dr. Budnik expresó: "En el acuerdo transaccional al que arriban las partes para poner fin al pleito, concurren los requisitos exigidos por la ley para su validez y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las mismas, conforme se los planteara en la controversia sometida a decisión del Tribunal y al estado actual de las presentes actuaciones.
- Consecuentemente, correspondería homologar el mismo (art. 15 L.C.T.) regulando los honorarios de los profesionales intervinientes e imponiendo las costas a la parte DEMANDADA."
Los Dres. Saccardo y Rinaldi votaron por análogas consideraciones en el mismo sentido, logrando unanimidad en el Tribunal.
Se regularon los honorarios de los Dres. Coscia Matías Marcelo en $666.667, Skrepnik María de los Ángeles en $333.333 y Querol Norberto Osmar José en $1.000.000, más el 10% e IVA si correspondiere. Se reguló también los honorarios de la perita Alicia Aristiqui en $250.000 con más las respectivas adiciones legales e IVA si correspondiere. La Tasa de Justicia asciende a $110.000.
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